Según la Ley publicada en el boletín de Normas Legales, se amplía hasta el 31 de marzo de 2015.
Lima. El Poder Legislativo estableció un plazo de 120 días para que los trabajadores de las empresas azucareras, en las que el Estado tiene participación accionaria, puedan adquirir estos activos ejerciendo su derecho preferente.
Según la Ley publicada en el boletín de Normas Legales, se amplía hasta el 31 de marzo de 2015, bajo responsabilidad civil y penal, el plazo para aquellas compañías que no hayan cumplido con aprobar sus estados financieros del ejercicio económico hasta el 31 de marzo de 2013.
El dispositivo agrega que vencido este plazo, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión) deberá otorgar a los trabajadores azucareros el derecho para ejercer la adquisición preferente de las acciones.
Ello, conforme a lo dispuesto en las leyes 29.822 y 29.925, tomándose en cuenta además a las acciones que resulten luego de concluido cualquier procedimiento de capitalización a favor del Estado.
Asimismo, refiere que el precio de la acción corresponderá a su valor contable, conforme a la primera disposición complementaria de la Ley 29.925, tomando como base de cálculo los estados financieros al 31 de diciembre de 2014, debidamente aprobados.
De igual modo, las empresas agrarias azucareras deberán actualizar y presentar su cronograma de pagos, en un plazo no mayor de 180 días, ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).