El asambleísta de Pachakutik, Cléver Jiménez, calificó como ilegal e inconstitucional que se inicien los trabajos en el Bloque 31, ubicado en el Parque Nacional.
Quito. El asambleísta de Pachakutik, Cléver Jiménez, calificó como ilegal e inconstitucional que se inicien los trabajos en el Bloque 31, ubicado en el Parque Nacional Yasuní.
La decisión de Petroamazonas de seguir con dichos trabajos en este año, para concretar la explotación de 45 millones de barriles, fue anunciada el miércoles pasado por su gerente, Oswaldo Madrid.
El funcionario explicó que pese a estar el 80% del bloque en el parque Yasuní, la estatal contaba con una licencia ambiental aprobada en el 2007 en favor de la brasileña Petrobras, empresa que antes manejaba ese bloque.
Jiménez indicó que al estar el bloque en un Parque Nacional, es la Asamblea la que debe aprobar cualquier tipo de actividad petrolera; y si esta no pudiera decidir el tema, podría llamar a una consulta popular. Esto, porque el artículo 407 de la Constitución, que rige desde el 2008, así lo establece.
EL asambleista anunció que este irrespeto a la Constitución será parte del juicio político al ministro Wilson Pástor que se anunciará en estos días por esto y las operaciones de comercio internacional que han permitido la participación de intermediarios.
Según el legislador, no debió haberse subrogado la licencia en beneficio de Petroamazonas, por más empresa estatal que sea.
En tanto, recordó que la primera licencia ambiental fue entregada por la entonces ministra de Ambiente, Ana Albán, mientras la actual funcionaria, Marcela Aguiñaga.
La coordinadora de la Campaña Amazonía por la Vida, Amanda Yépez, manifestó que con este último anuncio se evidencia el doble discurso del gobierno, que hace pocos días amplió el plazo para la iniciativa Yasuní ITT que pretende mantener en tierra las reservas petroleras de Ishpingo, Tambococha y Tiputini.
Además, Yépez consideró que el resultado de los trabajos en el parque será darle menor credibilidad a la propuesta internacional, a la vez que recalcó que todo el parque, especialmente la zona del Bloque 31, es una zona biodiversa riquísima; y que no existe tecnología de punta ni en el área petrolera ni en la minera que evite el impacto ambiental en este tipo de zonas de alta sensibilidad.
Jiménez coincidió en que el objetivo de avanzar en los trabajos del Bloque 31 no es la explotación de 45 millones de barriles, cifra baja si se toma en cuenta que el consumo anual de petróleo en Ecuador es de 55 millones de barriles, sino que la verdadera meta sería extraer el petróleo de Tambococha y Tiputini, en donde existen 400 millones de barriles.
Norma: Constitución vigente. Artículo 407. “Se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en las áreas protegidas y en zonas declaradas como intangibles, incluida la explotación forestal. Excepcionalmente dichos recursos se podrán explotar a petición fundamentada de la Presidencia de la República y previa declaratoria de interés nacional por parte de la Asamblea Nacional que, de estimarlo conveniente, podrá convocar a consulta popular”.