Su director nacional (PT), Ernesto Muñoz, afirmó que la empresa fue incapaz de dar una solución oportuna y adecuada que beneficiara a todos los consumidores afectados por los diversos incumplimientos.
El director nacional (PT) del Sernac, Ernesto Muñoz, interpuso ante la Justicia una demanda colectiva en contra de la constructora Santa Beatriz, a la que acusó de no dar una solución que compensara los daños y que resolviera adecuadamente la serie de incumplimientos que afectaban a consumidores en diversas etapas del proceso de compra de viviendas.
Según Muñoz, se tomó la decisión de interponer la demanda luego de agotar la instancia extrajudicial y tras darse cuenta que la empresa fue incapaz de dar una solución oportuna y adecuada que beneficiara a todos los afectados.
Sernac intentó realizar una mediación colectiva, luego de casi 460 reclamos recibidos sólo durante el primer semestre del presente año.
Los principales problemas tenían que ver con incumplimientos en las condiciones ofrecidas, como el retardo en la entrega de las propiedades, no entrega de escrituras de compraventa y pólizas de seguros que no se respetaban. A ellos se agregaban problemas contractuales e inconvenientes para ejercer el derecho a garantía cuando las viviendas presentaban problemas, ya sea en terminaciones e instalaciones.
Cláusulas abusivas. “Invertir en la casa propia es para la mayoría de las personas uno de los proyectos más importantes de sus vidas, y no es posible que las empresas no estén a la altura de este desafío”, declaró Muñoz.
Informó que la Ley del Consumidor obliga a las empresas constructoras a cumplir con todo lo comprometido, como los plazos de entrega y las características de las viviendas, sean comprometidos a través de la publicidad o de los contratos de adhesión.
La demanda colectiva, también, busca que la Justicia declare nulas una serie de cláusulas abusivas detectadas en los contratos de adhesión de la empresa, que infringen los derechos de los consumidores.
Entre ellas esta que la empresa se facultaba para modificar proyectos y cambiar planos sin requerir la autorización de los compradores. También que Santa Beatriz condicionaba la entrega de la propiedad al cliente a la obtención del permiso de recepción de la autoridad municipal, lo que implicaba no responder incluso respecto de aquellas situaciones en que la no obtención del referido permiso sea debido a gestiones que le correspondan o sean de responsabilidad de la propia constructora.
Otra de las cláusulas tenía que ver con que en el contrato se establecía que el comprador debía declarar que conocía y aceptaba, en todas sus partes, los planos y las especificaciones técnicas de la construcción; el metraje; los permisos de las autoridades; entre otros aspectos relevantes; sin haber siquiera proporcionado estos antecedentes a los consumidores.