Informaron la suspensión de hacer públicos los datos, ya que da orden y se le obliga a la Unidad de Transparencia de Pemex a no entregar ningún tipo de información referente a las remuneraciones entregadas.
Ciudad de México.- Petróleos Mexicanos (Pemex) se mantiene impedida legalmente para entregar información sobre el salario o montos económicos que ha entregado al Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) y a su líder, Carlos Romero Deschamps, ya que dicho organismo ha interpuesto una serie de recursos legales en distintos juzgados que hasta ahora han fallado a su favor.
De acuerdo con datos publicados en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), durante julio dio respuesta negativa a solicitudes para conocer las transferencias que ha hecho la empresa del Estado al mencionado sindicato y a su secretario general, así como el número de solicitudes que sobre este tema se han hecho y que hasta ahora han sido negadas.
Sin embargo, tan sólo en julio se dieron a conocer dos incidentes de suspensión a los juicios de amparo 762/2018-VI en el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa, así como el 786/2018 en el Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa, del 6 y 18 de julio respectivamente, ambos en la Ciudad de México.
Con ello se suspende la posibilidad de hacer públicos los datos solicitados, ya que da orden y se le obliga a la Unidad de Transparencia de Pemex a no entregar ningún tipo de información referente a las remuneraciones entregadas.
Es así que el pasado 12 de julio se dio respuesta a la solicitud 1857200162418, con la que un particular pidió: “con base en mi derecho a la información solicito conocer todos los montos económicos que ha recibido el servidor público de Pemex, Carlos Romero Deschamps, de 2000 a la fecha. Favor de detallar por fecha, monto y concepto”.
Sin embargo, como respuesta se dio a conocer el “incidente de suspensión relativo al juicio de amparo 762/2018-VI” en el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa, en el que se detalla que el juicio fue promovido por Sergio López Salinas, quien se identificó como secretario de Ajustes del Comité Ejecutivo General del STPRM.
En este documento se solicitó que no se haga entrega de la información solicitada por el particular.
Ante lo cual, Francisco Javier Rebolledo Peña, juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, señaló que “con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Amparo procede conceder la suspensión provisional del acto reclamado a efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente se encuentran y las responsables no hagan entrega de la información solicitada por el tercero interesado”.
Del mismo modo, el pasado 30 de julio se hizo pública en la PNT la respuesta a la solicitud 1857200163718, en la que se requerían los comprobantes de transferencias a las aportaciones que hace Pemex a su sindicato, desde enero de 2010 a junio de 2018, del mismo modo pedía saber cuántos recursos de revisión se han interpuesto en contra del gremio y las sanciones por incumplimiento, entre otros puntos.
Ante lo cual, Pemex respondió que dentro del juicio de amparo 786/2018, interpuesto en el Juzgado Decimocuarto (en realidad es el Juzgado Décimo) de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, por el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, nuevamente se concedió una suspensión provisional.
Por esto la petrolera volvió a argumentar que este recurso legal determina que las autoridades responsables se abstengan de entregar la información.
“En virtud de lo anterior, se hace de su conocimiento que de conformidad con lo establecido en el artículo 45 fracción V de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en respuesta a su solicitud de información, le notificamos que Petróleos Mexicanos se encuentra impedido legalmente para entregar la respuesta de la información”.
Este recurso también fue interpuesto por Sergio López Salinas, en el que argumenta que dar a conocer la información solicitada, generaría daños y perjuicios que “serían definitivamente irreparables”.