El ministro de Economía de Chile señaló que el pisco chileno podrá seguir vendiéndose en el país asiático.
Un reciente fallo del Consejo de Apelaciones de Propiedad Intelectual de la India (IPAB) le brinda los derechos exclusivos a Perú sobre la denominación de Origen Pisco.
Tras nueve años de litigio con Chile, el Consejo declaró fundada la apelación formulada por el Perú e infundada la oposición formulada por la Asociación de Productores de Pisco A.G., de Chile.
Cabe destacar que, al emitir su fallo, el IPAB se sustentó en los hechos históricos que acreditan el "origen indiscutiblemente peruano" del pisco, afirmando, entre otras cosas, que:
Desde la época colonial, el pisco constituye la denominación utilizada para identificar un valle, un río, un puerto y una ciudad, ubicados en la costa peruana.
De acuerdo con la investigación llevada a cabo por lexicógrafos, cronistas e historiadores, ha quedado demostrado que la palabra pisco proviene del idioma peruano quechua y significa “ave”.
La República de Chile modificó indebidamente el nombre de una región de su territorio (Pisco Elqui), a fin de apropiarse del término pisco perteneciente al Perú, cuando por muchos años ese territorio contaba con otra denominación (La Unión).
La defensa del Perú en este caso de casi 10 años se sostuvo en el trabajo coordinado entre el Indecopi y el Ministerio de Relaciones Exteriores.
La réplica de Chile no se hizo esperar. Mediante un comunicado de DIRECON-PROCHILE, se explicó que según cifras de la Asociación de Productores de Pisco A.G., Chile es el mayor productor de Pisco en el mundo, con más de 36 millones de litros al año, los cuales representan el 78% de la producción. Adicionalmente, el mercado chileno es el mayor consumidor de Pisco en el mundo, constituyéndose como el mercado de mayor relevancia para este producto.
El ministro de Economía de Chile señaló que el pisco chileno podrá seguir vendiéndose en el país asiático.
La D.O. (Denominación de Origen) Pisco es la más antigua de nuestro país, cuyo reconocimiento data de 1931, cuando se reservó el uso del nombre Pisco a la actual “zona pisquera” del norte del país (DFL 181). Además, la D.O. Pisco cuenta con reconocimiento por medio de la ley N°18.455 que fija normas sobre producción, elaboración y comercialización de bebidas alcohólicas, y por el reglamento del Pisco (Decreto 521 del SAG).
Considerando lo anterior, resulta llamativo que el fallo en cuestión aborde en su razonamiento si nuestra D.O. cumple o no los requisitos para ser considerada como tal.
"Dada la importancia de la D.O. Pisco para nuestro país, el Estado chileno ha tenido como estrategia sostenida el obtener el reconocimiento del término Pisco a través de sus acuerdos comerciales y, en un trabajo conjunto con los productores nacionales, se han desplegado los mayores esfuerzos para posicionar este producto en el extranjero a través de ProChile", destaca el organismo estatal en su comunicado.
Es así como hoy en día, Chile cuenta con el más amplio reconocimiento de su D.O. Pisco a través de sus tratados internacionales, abarcando cerca de 50 países, entre ellos, Estados Unidos, la Unión Europea, China, México y, recientemente Brasil, por mencionar algunos.
Por todo esto, resulta discutible que el fallo se pronuncie respecto a la legitimidad de los derechos para Chile emanados de los Tratados de Libre Comercio.
Sin perjuicio de lo anterior, el fallo del Intellectual Property Appellate Board expresamente reconoce la posibilidad de solicitar el registro de la D.O. chilena, al señalar que ante una futura solicitud de registro de la D.O. Pisco de la industria chilena en la India, esta sería evaluada en su debida oportunidad.
Finalmente, resulta favorable para nuestro país que la normativa india sobre estas materias contemple expresamente la posibilidad de que coexistan dos o más titulares de una misma D.O. en el mercado indio (homonimia); posición de la cual Chile ha sido un fuerte defensor a nivel internacional.
DIRECON continuará participando junto con la Asociación de Productores de Pisco A.G. en el marco del Consejo Asesor del Ministro de Agricultura para la Protección, Promoción y Desarrollo de la Denominación de Origen Pisco, para analizar todas las temáticas de interés de esta relevante industria.