La Corte de Apelaciones de Santiago no admitió a trámite recurso presentado por Alejandra Gallo y Alexandra Benado para que sus apellidos fueran inscritos por el Registro Civil en los certificados de nacimiento de los dos niños que han criado en pareja.
La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección presentado por una pareja de lesbianas para que ambas sean reconocidas como madres de los dos niños que han criado en conjunto.
Para esto, solicitaron la inscripción de ambos apellidos en los certificados de nacimiento de los menores. En los documentos sólo aparece el nombre de la madre biológica, Alejandra Gallo, y se pedía que el Registro Civil incorporase a su pareja, Alexandra Benado.
Benado y Gallo, ambas de 36 años, presentaron el recurso para cambiar la inscripción de los dos niños que fueron concebidos mediante inseminación artificial. En los hechos, los niños usan los apellidos de las dos mujeres.
La Corte declaró inadmisible el recurso, argumentando que pretende modificar la legislación vigente sobre filiación sin señalar la supuesta ilegalidad en la que se habría incurrido. Según Benado, se sentía vulnerada en su dignidad.
Por lo mismo, el tribunal resolvió que el recurso no será admitido a tramitación, pues se está pidiendo un cambio legislativo y no solo una protección ante una vulneración de derechos.
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