El caso, de amplia repercusión en la sociedad chilena, ya había sido cerrado por la justicia civil de este país. Pero ahora es el Vaticano el que lo declara culpable y lo obliga a dejar el sacerdocio y a tener una vida de oración.
El Vaticano declaró culpable de abuso de menores con violencia al sacerdote Fernando Karadima, una decisión que se opone a lo dictaminado hace pocos días por la justicia civil chilena, y que vuelve a encender un caso que ha tenido amplia repercusión en la sociedad chilena.
Karadima es el ex párroco de la Iglesia Sagrados Corazones de El Bosque, ubicada en un acomodado barrio de la capital chilena, y a quien se le acusa de abusar de menores que lo reconocían como su formador espiritual, personas que ahora en su etapa adulta decidieron agruparse y presentar una ofensiva legal en contra del religioso.
La Congregación para la Doctrina de la Fe fue la encargada de investigar el caso para el Vaticano, y este viernes el presidente de la Conferencia Episcopal de Chile, monseñor Ricardo Ezzati, fue el encargado de informar el fallo que remece a la sociedad chilena, y que choca con la decisión del juez Leonardo Valdivieso, quien cerró el sumario, sin procesados.
“Sobre las base de las pruebas adquiridas, el reverendo Fernando Karadima Fariña es declarado culpable de los delitos mencionados en precedencia, y en modo particular del delito de abuso de menor en contra de más víctimas”, afirmó Ezzati esta tarde en Chile.
Ezzati, el líder de la Iglesia en Chile, al ser consultado sobre la posibilidad de que su institución entregue a la justicia civil el expediente de la investigación sobre Karadima, negó esta posibilidad, porque a su juicio son derechos independientes y "no corresponde".
En julio de 2010, la Congregación para la Doctrina de la Fe inició el proceso penal administrativo, en conformidad al canon 1720 del Código de Derecho Canónico (CIC).
En consideración de la edad y del estado de salud de Karadima, l Vaticano considera "oportuno imponer al inculpado de retirarse a una vida de oración y de penitencia, también en reparación de las víctimas de sus abusos".
"Será preocupación del Arzobispo de Santiago, de acuerdo con la Congregación para la Doctrina de la Fe, evaluar el lugar de residencia, dentro o fuera de la diócesis, de tal modo de evitar absolutamente el contacto con sus ex parroquianos o con miembros de la Unión Sacerdotal o con personas que se hayan dirigido espiritualmente con él", agrega el fallo de la Congregación.
Asimismo, "se impone también, de acuerdo al canon 1336 § 1, 3º, la pena expiatoria de prohibición perpetua del ejercicio público de cualquier acto de ministerio, en particular de la confesión y de la dirección espiritual de toda categoría de personas".
Es probable que este fallo eclesiástico estimule aún más a los denunciantes de Karadima a ir a la Corte de Apelaciones chilena, pese a haber tenido el revés con el juez Valdivieso, ya que ahí se podrá escuchar el detalle de las denuncias de abuso, que en el caso de Karadima, corresponden a un período de abusos de casi 40 años.