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Colombia: Tribunal Administrativo suspende provisionalmente destitución de Petro
Martes, Enero 14, 2014 - 15:18

El Tribunal admitió estudiar la tutela y ordenó la adopción de medidas cautelares solicitadas acción judicial radicada el pasado 29 de diciembre en el marco de la denominada "Tutelatón" presentada en contra del fallo del ministerio Público el cual fue confirmado el pasado lunes.

La Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca suspendió el fallo emitido por la Procuraduría General de la Nación con el cual se destituyó e inhabilitó por 15 para ejercer cargos públicos al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, por las fallas en la implementación y ejecución del nuevo esquema de aseo. 

El Tribunal admitió estudiar la tutela y ordenó la adopción de medidas cautelares solicitadas acción judicial radicada el pasado 29 de diciembre en el marco de la denominada "Tutelatón" presentada en contra del fallo del ministerio Público el cual fue confirmado -en segunda instancia- el pasado lunes.

En las próximas horas los abogados del alcalde se reunirán para analizar el alcance de esta y se espera que a finalizar la tarde se presente una posición oficial por parte del mandatario distrital.

En la decisión de tres folios, el magistrado José María Armenta aceptó los argumentos presentados en la tutela promovida por José Pérez, quien presentó la acción “de su propio nombre y como agente oficioso del señor Gustavo Petro Urrego”.

En la determinación se ordena la suspensión provisional del fallo “hasta cuando se adopte la decisión de fondo que ponga fin a este proceso de tutela”.

La acción de tutela que favoreció a Petro alegaba que se le violaba su derecho a elegir y ser elegido. Es, además, una de las 350 que se presentaron luego de que el pasado 9 de diciembre el procurador Alejandro Ordóñez Maldonado anunciara la sanción.

El Tribunal también le ordena al jefe de Estado que se abstenga de dar cumplimiento a la decisión administrativa disciplinaria emitida por la Procuraduría General de la Nación.

Así lo señala el punto cuarto de la resolución: se le ordena al presidente de la República, Juan Manuel Santos, que se abstenga de darle cumplimiento a la decisión administrativa disciplinaria sancionatoria de destitución impuesta por la Procuraduría General de la Nación al señor Gustavo Petro Urrego.

El magistrado consideró que en este caso se vulneraron derechos al debido proceso señalando que en la acción se manifestó que era menester que las autoridades judiciales protegieran el derecho fundamental de elegir y ser elegido.

Explicó además que en un plazo de 10 días el tribunal administrativo tiene que resolver la tutela y tomar una decisión de fondo. En este punto clave manifestó que tiene la facultad y capacidad para anular el fallo emitido por las Procuraduría General de la Nación.

Autores

ELESPECTADOR.COM