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Diputados mexicanos aprueban reformas a ley de partidos
Viernes, Mayo 16, 2014 - 08:28

La ley contempla los lineamientos generales para regular el funcionamiento de los partidos políticos a escala federal y local a través de 97 artículos disgregados en diez títulos, y nueve transitorios.

El pleno de la Cámara de Diputados ratificó esta medianoche la nueva Ley General de Partidos Políticos por 391 votos del PRI, PAN, PRD, PVEM y Panal, y 39 en contra del PT y MC. El decreto se envió al Ejecutivo federal para su eventual promulgación e inmediata entrada en vigor.

La ley contempla los lineamientos generales para regular el funcionamiento de los partidos políticos a escala federal y local a través de 97 artículos disgregados en diez títulos, y nueve transitorios.

Para que un partido político nacional cuente con recursos públicos locales deberá haber obtenido 3% de la votación válida emitida en el proceso electoral local anterior en la entidad federativa de que se trate.

Se establece también que los partidos políticos podrán recibir financiamiento privado, a través de la militancia, simpatizantes, autofinanciamiento y financiamiento por rendimientos financieros, fondos y fideicomisos.

“La ley regulará el financiamiento que no provenga del erario público, como es el financiamiento privado proveniente de los militantes; las cuotas voluntarias y personales que los candidatos aporten para sus campañas; el financiamiento de simpatizantes a través de las aportaciones o donativos en dinero o en especie; el autofinanciamiento constituido principalmente por los ingresos generados por las actividades promocionales como rifas y sorteos, conferencias, espectáculos y eventos culturales; así como rendimientos financieros que deriven de las cuentas, fondos o fideicomisos para la inversión de sus recursos líquidos’’, cita la minuta.

Los partidos políticos estarán obligados a entregar mensualmente una lista con los nombres de quienes aportan recursos en dinero y en especie, así como las cuentas origen de las aportaciones realizadas en el mes inmediato anterior, que superen el equivalente a 300 días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, con la finalidad de que se analicen las operaciones financieras.

Con relación a los gastos de campaña centralizados y las erogaciones que involucren dos o más campañas de un partido o una coalición de cualquier tipo, se establece que los recursos con los que cuenten serán distribuidos o prorrateados entre las distintas campañas; por lo menos 50% del valor de dichas erogaciones deberá ser distribuido o prorrateado de manera igualitaria entre todas las campañas del partido o coalición beneficiadas por tales erogaciones, y el 50% restante de su valor será distribuido o prorrateado de acuerdo con los criterios y bases que cada partido o coalición adopte.

En ejercicio de su libertad de estrategia y planeación, los partidos políticos determinarán sus formas de prorrateo.

Se abre la posibilidad para que los partidos participen en los procesos electorales mediante coaliciones, y precisa que las coaliciones estarán sujetas a las disposiciones referentes a gasto de campaña como si se trataran de un solo partido político; así como la prohibición para los partidos políticos de tener más de una coalición en un mismo proceso electoral federal o local.

La ley considera tres tipos de coaliciones: totales, parciales y flexibles.

Terminada la discusión en lo particular y tras la votación correspondiente de los artículos impugnados, ninguno de los cuales se modificó, se procedió a la clausura del periodo de sesiones extraordinarias en punto de las 12:20 de la noche, previa entonación del Himno Nacional.

Autores

El Economista (México)