Hernán Pérez, uno de los abogados de este medio, dijo que el objetivo de las medidas cautelares era suspender la ejecución del fallo, pero ante la decisión del mandatario de pedir la remisión y el perdón de la condena, ese riesgo ya no existe.
La defensa de los hermanos Pérez y de Emilio Palacio solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que levante las medidas cautelares que otorgó a su favor para dejar sin efecto la condena de tres años de cárcel y el pago de US$40 millones como indemnización para el presidente de la República, Rafael Correa.
Los abogados presentaron el escrito el pasado miércoles en la sede del organismo interamericano en Washington.
Hernán Pérez, uno de los abogados de este medio, dijo que el objetivo de las medidas cautelares era suspender la ejecución del fallo, pero ante la decisión del mandatario de pedir la remisión y el perdón de la condena, ese riesgo ya no existe. Por ello, “en un acto de seriedad y lealtad procesal, la defensa informó a la Comisión de ese hecho”, señaló Pérez.
El pasado 21 de febrero, la CIDH dio paso al pedido de medidas cautelares que realizaron los Pérez y Palacio el 24 de octubre del año pasado; y convocó a los acusados y al Estado ecuatoriano a una audiencia para el 28 de marzo próximo con el propósito de obtener información del proceso.
Hernán Pérez considera que esa reunión ya no es necesaria, aunque la decisión de mantenerla o no le corresponde a la Comisión.
Pero adelantándose a la fecha de la cita, una comisión gubernamental, integrada por Gustavo Jalkh y Fernando Alvarado, secretarios particular y de Comunicación del Gobierno, viajó el pasado martes a Washington para preparar la defensa del mandatario ante la CIDH, según dos acuerdos suscritos por la Secretaría de la Administración Pública el 22 y el 23 de febrero anteriores.
El propósito de esos traslados, cuyo costo se cargará al presupuesto de la Presidencia de la República, es “asistir a reuniones preparadas por la Embajada del Ecuador en Estados Unidos con los diferentes actores de los sectores público y no gubernamental para tratar el irrestricto respeto del Gobierno nacional al derecho a la libertad de expresión en el país”, cita el documento del 23 de febrero.
A esas reuniones asistirá también la embajadora Nathalie Cely. El retorno de los funcionarios gubernamentales está previsto para mañana.
El abogado de El Universo aclaró que el pedido para que se levanten las medidas cautelares no detiene el trámite de la queja contra el Estado ecuatoriano por la violación de los derechos humanos de los acusados. Esa demanda se interpuso en la CIDH, a la par de la solicitud de medidas cautelares, el pasado 24 de octubre.
“El objetivo de esa demanda es que la sentencia se anule para que no se convierta en un precedente”, señaló Pérez.
Santiago Guarderas, decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (PUCE), señaló que el perdón y la remisión de la condena solicitados por Correa a favor de los Pérez, Palacio y El Universo solo alcanzan a las condenas pecuniarias y la de cárcel, mas no a la declaratoria de culpabilidad y a la comisión del delito.
Y recordó que si en un futuro estos vuelven a ser condenados por un delito similar se los consideraría reincidentes, según el artículo 77 del Código Penal.
El artículo 80 del mismo cuerpo legal dice que la reincidencia aumenta las penas.
Guarderas menciona dos formas de declarar la nulidad de la sentencia que firmó el juez Juan Paredes y que fue ratificada en segunda y tercera instancias. Una de ellas es seguir con el trámite de la demanda por violaciones a derechos humanos ante la CIDH, la cual podría recomendar al Estado ecuatoriano que anule el proceso.
Y si este no cumple, el caso pasaría a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que lo judicialice.
Otro escenario, indica Guarderas, es que la investigación que la Fiscalía del Guayas lleva adelante contra el juez Paredes determine que este cometió falsedad ideológica y prevaricato al simular la redacción del fallo contra El Universo.
Esto se enmarcaría en las causales de nulidad que constan en los artículos 359 y siguientes del Código de Procedimiento Penal.
De darse esta situación, la defensa del medio podría presentar un recurso extraordinario de revisión ante el juzgado en el que se dictó el fallo para que este sea elevado a la Corte Nacional de Justicia y lo resuelva. Respecto a este tema, Hernán Pérez ratificó el deseo del Diario de esclarecer las circunstancias en las que Paredes dictó el fallo condenatorio.