Gobierno y Farc acordaron histórico sistema integral de reparación y anuncian que penas por delitos de lesa humanidad pueden llegar a 20 años para quienes los oculten.
En una nueva muestra de que el proceso de paz entre Gobierno y Farc avanza con paso firme, las partes anunciaron este martes en Cuba que alcanzaron un histórico acuerdo sobre justicia y reparación a las víctimas que contempla la puesta en marcha de un sistema integral para tal fin y que establece que deja en manos del Estado el grueso de las responsabilidades sobre la materia.
También establece que la responsabilidad de la guerrilla para resarcir los daños cometidos debe ser, según el propio grupo guerrillero, con trabajo personal y colectivo, hechos, decisiones políticas y aportaciones personales.
En materia de justicia quedó consignado que habrá penas de 15 a 20 años a través del régimen ordinario (cárcel) para quienes no reconozcan la verdad y hayan cometido graves crímenes contra los derechos humanos, delitos de lesa humanidad, violencia sexual o prácticas como el reclutamiento de menores, entre otras. Sin embargo, si el responsable las acepta de manera tardía, pero antes de la emisión de sentencia, puede ser condenado a una pena de 5 a 8 años de efectiva de la libertad en un lugar que no sea una cárcel tradicional. Este tipo de pena restaurativa requiere, según el acuerdo, de mecanismos idóneos de monitoreo y supervisión para certificar que se cumpa la pena.
Medidas de reparación integral para la construcción de la paz
1. Objetivos:
• El fin del conflicto representa una oportunidad única para fortalecer el Programa de reparación integral de víctimas que viene implementando el Estado colombiano desde el 2011 y para asegurar que todos quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto y causaron daños contribuyan a la reparación de las víctimas.
• El reconocimiento de las víctimas y del daño causado, así como la puesta en marcha de medidas de reparación, son elementos necesarios para restablecer la dignidad de las víctimas como ciudadanos y para contribuir así a la convivencia, la no repetición y la reconciliación en las comunidades.
2. Siete medidas de reparación integral para la construcción de la paz:
Las medidas de reparación deben responder a los intereses y prioridades de las víctimas, y tener en cuenta las distintas experiencias, impacto diferencial y condiciones particulares de las personas. Para que la reparación sea efectiva, se asegurará una fuerte participación de las víctimas en las distintas medidas de reparación.
I. Actos tempranos de reconocimiento de responsabilidad colectiva:
• ¿Qué son?: Actos formales, públicos y solemnes a nivel nacional y territorial que incluirán reconocimientos de responsabilidad colectiva por el daño causado, pedidos de perdón, y manifestaciones del compromiso de contribución con acciones concretas a la reparación integral de las víctimas.
• ¿Quiénes los llevan a cabo?: El Gobierno, las FARC-EP y diferentes sectores de la sociedad que puedan haber tenido alguna responsabilidad en el conflicto.
II. Acciones concretas de contribución a la reparación:
• ¿Qué son?:
- En el caso de las FARC-EP, como parte de su proceso de reincorporación a la vida civil, se trata de obras de reconstrucción de infraestructura en los territorios más afectados por el conflicto, la participación en los programas de limpieza y descontaminación de minas, la participación en los programas de sustitución de cultivos de uso ilícito, la contribución a la búsqueda, ubicación, identificación y recuperación de restos de personas muertas o dadas por desaparecidas, y la participación en programas de reparación del daño ambiental, como por ejemplo la reforestación.
- El Gobierno Nacional tomará las medidas necesarias para promover la participación en distintas medidas de reparación que se diseñarán para tal efecto, de agentes del Estado, y de quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado.
• ¿Quiénes las llevan a cabo?: Agentes del Estado, integrantes de las FARC-EP en proceso de reincorporación, otros que participaron de manera directa en el conflicto, así como quienes habiendo participado de manera indirecta en el conflicto puedan haber tenido alguna responsabilidad.
III. Reparación colectiva en el fin del conflicto:
• El Gobierno Nacional fortalecerá los procesos de reparación colectiva y garantizará que los planes y programas de la Reforma Rural Integral tengan, donde haya lugar, un enfoque reparador.
• Carácter reparador de los Planes de Desarrollo Rural con Enfoque Territorial (PDET): El nivel de victimización y afectación como criterio de definición de las zonas donde se pondrán en marcha los PDET tiene una intención reparadora.
• Planes de reparación colectiva con enfoque territorial: Todos los PDET incorporarán planes de reparación colectiva; y en los territorios donde no se implementan los PDET se fortalecerán los planes de reparación colectiva en donde haya comunidades especialmente victimizadas.
• Planes nacionales de reparación colectiva: En desarrollo de este Acuerdo se fortalecerán los Planes nacionales de reparación colectiva que estarán dirigidos a grupos y organizaciones, incluidas las organizaciones de mujeres, gremios económicos, partidos y movimientos políticos y sociales, en particular los de oposición, entre otros, y que deberán contribuir, también, a la convivencia, la no repetición, y la reconciliación.
IV. Rehabilitación psico-social:
• Medidas de recuperación emocional a nivel individual: El Gobierno Nacional, en desarrollo de este Acuerdo, se compromete a ampliar la cobertura pública y despliegue territorial, y mejorar la calidad de la atención psico-social para la recuperación emocional de las víctimas.
• Plan de rehabilitación psico-social para la convivencia y la no repetición: El Gobierno se compromete a poner en marcha estrategias de rehabilitación comunitaria para la reconstrucción del tejido social.
V. Procesos colectivos de retornos de personas en situación de desplazamiento y reparación de víctimas en el exterior
• Retornos colectivos: Se trata de programas colectivos adicionales a los que actualmente se desarrollan de retorno y reubicaciones de personas en situación de desplazamiento y de víctimas, en articulación con la implementación de los componentes de la Política de Reparación de Víctimas y con la implementación del acuerdo del punto 1 sobre Reforma Rural Integral.
• Reparación de víctimas en el exterior: El Gobierno Nacional pondrá en marcha planes de retorno acompañado y asistido que fortalecerán el actual programa de reconocimiento y reparación de víctimas en el exterior, incluyendo a refugiados y exiliados victimizados con ocasión del conflicto.
VI. Medidas sobre restitución de tierras
• Los procesos de restitución de tierras serán fortalecidos para garantizar su articulación con: i) los procesos de reparación colectiva; ii) los programas de desarrollo con enfoque territorial; y iii) los planes y programas que se deriven de la implementación del Acuerdo Final.
VII. Adecuación y fortalecimiento participativo de la Política de atención y reparación integral a víctimas
• Proceso de participación: El Programa de reparación integral de víctimas será adecuado a través de un proceso de participación que se realizará en el marco de las instancias de participación de víctimas existentes, que serán ampliadas y fortalecidas para tal efecto, de manera que organizaciones de víctimas y víctimas que no hagan parte de estas instancias, puedan participar en este proceso. Como consecuencia de este proceso de participación el Gobierno pondrá en marcha los ajustes de política necesarios.
• Compromiso de las FARC-EP con la reparación de sus víctimas: Las FARC-EP se comprometen a contribuir a la reparación material de las víctimas y en general a su reparación integral.
3. Sistema Integral:
• Las medidas de reparación para la construcción de la paz hacen parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR) y comprenden medidas de restitución, rehabilitación, indemnización, satisfacción y no repetición.
• Se asegurará la articulación de estas medidas de reparación con los demás mecanismos judiciales y extra-‐judiciales del Sistema Integral, y con los demás programas de construcción de paz y de desarrollo que se deriven de la firma del Acuerdo Final.
• En el marco del SVJRNR, la contribución a la reparación será condición para recibir cualquier tratamiento especial de justicia.