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Gobierno mexicano reconoce que puede haber errores en decidir a quién indemnizan por violencia
Miércoles, Marzo 9, 2016 - 07:20

El titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) pide revisar la ley de víctimas porque, efectivamente, las víctimas del delito tienen muchas menos posibilidades de ser reparadas que las de violaciones a los DD.HH.

El comisionado presidente de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), Jaime Rochín del Rincón, afirmó que el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral está blindado y vigilado; sin embargo, reconoció que pudiera haber errores tanto judiciales como de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, al momento de determinar una indemnización.

Rochín fue entrevistado por El Economista en torno a la denuncia hecha por la presidenta de la organización Alto al Secuestro, Isabel Miranda de Wallace, en el sentido de que existe una red de funcionarios de la CNDH y la SCJN, así como defensores de derechos humanos (DH), que se encargan de promover quejas, medidas cautelares y recomendaciones por derechos humanos y tortura, y una vez ganadas, presentan una solicitud de víctima ante la CEAV para recibir indemnizaciones que se reparten entre ellos.

El comisionado presidente de la CEAV aclaró que ese organismo no tiene facultades para hacer una investigación y confirmar que las resoluciones judiciales por actos de violaciones a los derechos humanos o tortura son verídicas y sustentadas. Afirmó que la CEAV sólo acata el ordenamiento judicial o de la CNDH de reparar el daño en casos de violación a los derechos humanos.

No obstante, dijo que podría haber la posibilidad de que en algunas resoluciones, los jueces se equivoquen.

- ¿A quién beneficia el fondo?

- ¿Cómo opera el fondo de asistencia y reparación integral? Opera a través de dos mecanismos que están establecidos en la ley. Un mecanismo es una recomendación o una determinación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, donde se determina que hubo violación a los derechos humanos por parte de autoridades federales. En esa determinación, solicita para las víctimas una reparación.

El segundo es por delito, que tiene que haber una sentencia definitiva de un juez del orden federal que establezca que la persona fue víctima de un delito. Aquí además debe seguirse un procedimiento para que se le intente cobrar a quien cometió el delito, y si esto no es posible, porque la persona falleció, porque no tiene el recurso, etcétera, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas puede entrar supletoriamente a la reparación de la víctima del delito.

Y hay un tercero, que cuando en el caso de delito, también cuando el Ministerio Público determina que habiendo delito no hay manera de perseguir al delincuente, pero hubo constancia de que hubo delito, y tenemos que reparar.

- ¿Podría estarse utilizando el fondo de forma dolosa?

- El fondo está blindado. Nosotros sólo lo hacemos bajo una determinación de autoridad, no podemos negarnos a hacerlo cuando hay una determinación de violación a derechos humanos o cuando hay delitos; entonces, en ese sentido, el fondo está blindado y además está auditado por la ASF. En el manejo de los recursos del fondo, es de una enorme transparencia. No tendría ningún inconveniente en que públicamente se revise el uso de estos recursos.

- ¿Se puede saber si opera una red de influencias? ¿Una resolución de la CNDH o un juez basta?

- Nosotros como pleno de la Comisión de Atención a Víctimas no determinamos, es fundamental que quede claro: nosotros no determinamos violaciones a los derechos humanos ni hacemos investigación. Nosotros no responsabilizamos ni exoneramos a nadie de nada; nosotros simplemente atendemos nuestra obligación de reparar una violación a derechos humanos, o un delito de conformidad con lo que establezcan las autoridades competentes y, en ese sentido, (...) nos toca atender cumplir lo que nos señale la CNDH cuando hubo violaciones a los derechos humanos o lo que nos señale el juez.

- ¿No pudiera existir un caso como el que denuncia la señora Miranda?

- Vivimos en un Estado de Derecho, digamos que siempre existe la posibilidad de que los jueces o una autoridad o una comisión de derechos humanos pudiera equivocarse en alguna determinación, pero a nosotros no nos toca analizar esa parte, y no lo hacemos porque estaríamos excediendo nuestras facultades.

- ¿Qué está fallando?

- Es muy importante revisar la Ley General de Víctimas para hacerla más clara, más efectiva, también para las víctimas del delito. Un señalamiento que ha dicho la señora Wallace en distintos medios que me parece muy válido es que las víctimas del delito tienen muchas menos posibilidades de ser reparadas que las víctimas de derechos humanos. Esto es así porque así lo establece la ley. En el caso de violaciones a los derechos humanos, basta con una recomendación de la CNDH. En el caso de víctimas de delito, se requiere de una sentencia definitiva y que además se haya intentado cobrar a la persona que cometió el delito. Lo que quiero decir es que sí vale la pena revisar la ley para generar un sistema mucho más eficaz para reparar el daño a víctimas del delito.

- ¿Qué propone al Congreso?

- Darle a la comisión de víctimas la facultad de atraer en determinados casos del fuero común, porque sólo atendemos delitos y violaciones a los derechos humanos en el orden federal”.

Autores

El Economista (México)