El presidente de la Cámara de Representantes dijo que la situación en Venezuela es "preocupante" y "delicada", pero que no tiene "información suficiente" para afirmar que hubo un "golpe de Estado".
El Observador. Hasta el jueves el gobienro de Tabaré Vásquez no se había pronunciado sobre los hehcos en Venezuela, y tampoco lo hizo la cancillería. SIn embargo las autoridades afirmaron que lo harán hoy a lo largo del día.
La nueva realidad venezolana parece haber dejado mal parado al gobierno uruguayo, que el martes 28 había instruido a su embajador en la Organización de Estados Americanos (OEA) a votar en contra de la aplicación de la Carta Democrática a Venezuela. Finalmente, en la sesión de la OEA no se llegó a ese extremo.
El presidente de la Cámara de Representantes, José Carlos Mahía (Frente Amplio), dijo que la situación en Venezuela es "preocupante" y "delicada", pero que no tiene "información suficiente" para afirmar que hubo un "golpe de Estado". El diputado opinó que el país caribeño vive una realidad "traumática desde el punto de vista institucional" y que es necesario "mirarla de cerca". En esa línea, Mahía explicó que la cancillería uruguaya mostró una "actitud seria y responsable".
Repercusiones. La tensión política venía subiendo, al punto que la oposición venezolana ya hablaba de una dictadura.
La decisión de la Justicia –controlada por el chavismo– permitirá ahora a Maduro adoptar medidas que requieren aval parlamentario y que hasta este paso eran bloqueadas por la Asamblea Nacional.
El TSJ señaló en su sentencia que asumió las "competencias" de la Asamblea para "velar por el Estado de Derecho". La decisión se mantendrá vigente mientras haya "situación de desacato" del Parlamento, indicó el organismo.
La "situación de desacato" fue declarada a principios de 2016 debido a la juramentación de tres diputados opositores cuya elección fue suspendida por presunto fraude electoral. Desde ese momento, el TSJ anula todas las decisiones que se toman en ese ámbito y ha mantenido la declaración de "desacato", pese a que los tres diputados cuestionados no están en ejercicio de funciones por decisión de la propia Asamblea.
En el comunicado de prensa difundido a los medios, el TSJ se escudó en el artículo 336.9 de la Constitución, que establece que la Sala Constitucional del TSJ debe resolver cualquier diferencia entre los poderes públicos.
En este caso la sentencia de la Sala Constitucional de la corte se produjo en respuesta a un recurso de interpretación sobre la Ley Orgánica de Hidrocarburos, que le da al gobierno de Maduro la potestad de crear empresas mixtas eludiendo la autorización que debe conferirle el Congreso.
Sin embargo, al declarar "omisión legislativa", el TSJ indicó que no existe "impedimento alguno" para que el Ejecutivo las cree sin pasar por los legisladores.