Pasar al contenido principal

ES / EN

Guatemala: condenan a más de siete mil años de prisión a ex militares
Miércoles, Marzo 21, 2012 - 07:51

Cinco ex colaboradores de los militares en operativos contrainsurgentes en 1982, durante el régimen de facto del general Efraín Ríos Montt fueron condenados por una jueza a una pena de 7.710 años de prisión por una matanza de 256 indígenas, en su mayoría mujeres y niños.

Cinco militares fueron condenados la tarde de este martes a 7 mil 710 años de prision, tras encontrarlos responsables de la muerte de 256 personas en la masacre Plan de Sánchez Rabinal, Baja Verapaz, un hecho ocurrido en 1982.

El Tribunal los encontró responsables de haber participado en la masacre de 256 víctimas, entre hombres, mujeres y niños.

Los sentenciados son el ex comisionado Lucas Tecú y los expatrulleros Santos Rosales García, Eusebio Geleano y los hermanos Julián y Mario Acoj.

Los cinco fueron condenados a siete mil 680 años por el delito de asesinato, y a 30 por deberes contra la humanidad. En total la pena es de siete mil 710 años de prisión.

Sin embargo, la legislación penal guatemalteca establece que los condenados deben purgar solo 50 años de prisión.

Los jueces les dieron valor probatorio a las declaraciones de testigos que relataron que sus familiares fueron sacados a la fuerza de sus viviendas, los torturaron, los mataron con fusiles de asalto y después los quemaron en una de las residencias de la comunidad.

Jazmín Barrios, presidenta del Tribunal, dijo que al quemar a las víctimas lo que el Ejército buscaba era ocultar pruebas y que el hecho quedara en la impunidad.

Los juzgadores también le dieron valor probatorio al testimonio de un antropólogo que descubrió en esa comunidad un cementerio clandestino en donde quedaron algunas de las víctimas.

Se logró identificar 88 de las 256 osamentas.

El MP determinó que la masacre se perpetró en el marco del plan contrainsurgente Victoria 82.

Tecú, quien fungió como comisionado militar, le dio al Ejército información de que los pobladores de esa comunidad eran guerrilleros, por lo que fueron considerados enemigo interno.

“Si eran combatientes no era necesario que mataran a niños, mujeres y ancianos”, dijo Barrios.

El Tribunal ordenó al MP que siga con las investigaciones para iniciar un proceso penal contra las demás personas que participaron en el hecho.

También se le ordenó al Ministerio de Cultura y Deportes que edite un documental sobre lo sucedido en Plan de Sánchez, para que futuras generaciones sepan lo sucedido.

De igual forma, el alcalde de Rabinal, en honor de las víctimas, debe nombrar Plan de Sánchez a la calle principal de esa comunidad.

Autores

PrensaLibre.com