Según la propuesta que se presentó en la Cámara Legislativa el pasado miércoles por la noche, la nueva Comisión de Educación Superior estaría conformada siempre por doce miembros: seis representantes de las universidades estatales y seis de las universidades privadas.
El anteproyecto de ley que propone la creación de la Comisión Nacional de Educación Superior, que sería la responsable de organizar, dirigir y desarrollar la educación superior en Honduras, se ha convertido en un polémico tema de discusión.
Según la propuesta del diputado nacionalista por Francisco Morazán, Ricardo Díaz Aceituno, la nueva comisión, que sustituiría al actual Consejo de Educación Superior, gobernado por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), estaría integrada por doce miembros, de los cuales seis serían representantes de las universidades públicas y seis de universidades privadas.
Con esto se pretende que las actuaciones sean en igualdad de condiciones y las decisiones sean tomadas por mayoría simple.
Actualmente, el Consejo de Educación Superior funciona con doce miembros: seis son representantes de la UNAH (decanos de las diferentes facultades), más el voto calificado de la rectoría de esta universidad, tres representantes de universidades privadas (en total son 14 a nivel nacional) y otros tres de las universidades estatales.
Según la propuesta que se presentó en la Cámara Legislativa el pasado miércoles por la noche, la nueva comisión de educación superior estaría conformada siempre por doce miembros: seis representantes de las universidades estatales y seis de las universidades privadas.
Cada uno de los miembros duraría en el cargo un período de tres años, pudiendo ser reelectos por otro período similar.
De acuerdo a lo que se presentó, el decreto le da potestad a cada universidad privada a fijar su propia organización, funcionamiento y atribuciones.
Mientras que la supervisión de la calidad de la educación superior estaría a cargo del sistema de acreditación que será aprobado por la nueva comisión nacional de educación superior, la que tendrá la facultad de resolver las incorporaciones de profesionales egresados de las universidades extranjeras.
El documento establece, además, que la formación de docentes se ejercerá a través de las universidades estatales y privadas, función que en la actualidad la tiene exclusivamente el Estado a través de la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán.
Avances. El documento presentado por Díaz Aceituno establece en uno de los considerandos que las leyes que regulan las facultades y la responsabilidad de organizar, dirigir y desarrollar la educación superior y profesional en el país, al delegar esta facultad y responsabilidad exclusivamente a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, ha sido superada por el avance del conocimiento científico y por las demandas y desafíos que impone el desarrollo a la sociedad actual.
Ante esa y otras situaciones se propone reformar los artículos 156, 159, 160, 161 y 163, contenidos en el decreto número 131-82, del 11 de enero de 1982, publicados en el diario oficial La Gaceta, el 20 de enero de 1982.
El artículo 165 vigente de la Constitución de la República establece que los niveles de educación superior serán determinados por la UNAH, pero ese artículo en la propuesta de ley presentada le concede la atribución a un nuevo ente que sería la comisión nacional de educación superior.
Según la propuesta, en el artículo 159 la nueva comisión será "la responsable de organizar, dirigir y desarrollar la educación superior y profesional que estará integrada por doce miembros, de los cuales seis serán los rectores de universidades estatales y seis serán rectores elegidos por la Asociación de Universidades Privadas de Honduras (Anuprih).
Esto permitirá, según el decreto, que las universidades actúen en igualdad de condiciones y que las decisiones sean tomadas por mayoría simple.
El artículo 159 establece que la Secretaría de Educación y la comisión nacional de educación superior adoptarán las medidas que sean necesarias para que la programación general se integre en un sistema coherente, a fin de que los educandos respondan adecuadamente a los requerimientos del país y de la educación superior.
Autonomía. En relación al artículo 160 de la Constitución de la República, actualmente establece que la UNAH goza de la exclusividad de organizar, dirigir y desarrollar la educación superior y profesional, pero al hacer la reforma no se menciona esa potestad y se le transfiere a la Comisión y lo que no se le quita a la UNAH es la categoría de autónoma con personalidad jurídica.
El artículo 161 del proyecto también establece que el Estado contribuirá al sostenimiento, desarrollo y engrandecimiento de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, con una asignación privativa anual no menor del seis por ciento del presupuesto de ingresos netos de la República, excluidos los préstamos y donaciones.
Además de eso, las universidades estatales como las privadas organizadas sin fines de lucro están exoneradas de toda clase de impuestos y contribuciones.
Por último, el artículo 163 dice que la formación de docentes es función y responsabilidad exclusiva del Estado, la que ejercerá, a través de las universidades estatales, privadas y demás entidades de Educación Superior legalmente autorizadas. Actualmente esa potestad solo la tiene la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán (UPNFM).
Función. El actual Consejo de Educación Superior es el ente que se encarga de supervisar la calidad de la educación, aprobar la apertura de nuevos centros a nivel superior, aprobar nuevas carreras, revisar y aprobar planes de estudio, entre otros.
Según Julieta Castellanos, la Universidad Nacional Autónoma de Honduras se ha ganado el derecho de ser la rectora del sistema, por lo que "vamos a defender no únicamente a la Unah como ente autónomo, sino el papel del Estado y lo que está en juego es que quieren debilitar el Estado en materia de educación superior, pero además quieren arrebatarle a la Universidad Pedagógica Nacional su función de exclusividad de la formación docente", lamentó.