El ex ministro de Electricidad, Alecksey Mosquera, recibió una pena de cinco años. La fiscalía lo acusaba de haber recibido US$1 millón de la constructora brasileña por “gestionar y acelerar” contratos.
Quito. Cinco años de cárcel, disculpas públicas por el delito cometido y el pago con los demás procesados del duplo del dinero lavado. Esa fue la sentencia que recibió el ex ministro de Electricidad, Alecksey Mosquera, -del gobierno de Rafael Correa- por lavado de activos relacionado al caso Odebrecht.
La sentencia emitida de forma oral por los jueces de la Corte Nacional de Justicia, Iván Saquicela (ponente), Daniela Camacho y Marco Rodríguez, también definió tres años de cárcel para los coautores Marcelo Endara y Antonio Mosquera, tío político y padre.
En el caso del ex funcionario del Municipio de Quito Santiago J., quien también es investigado en este caso, la fase de juicio está suspendida porque se encuentra prófugo.
El Tribunal dijo que existían los elementos necesarios para configurar el delito y que se habría comprobado la responsabilidad de los procesados.
Fiscalía acusaba al ex ministro de haber recibido US$1 millón de Odebrecht por “gestionar y acelerar” contratos.
Según la teoría del caso, la brasileña, mediante su empresa Klienfeld, realizó en 2008 cuatro transferencias, por US$1 millón, a cuentas de la offshore Tokyo Traders, que tenía como representante legal a Endara y como beneficiario final al exministro. Saquicela aseguró que no quedaron dudas de que esa operación se dio.
Al existir un dilema entre la sanción fijada para el delito de lavado de activos en dos normas legales, el Tribunal aplicó el criterio de favorabilidad y sentenció a los tres procesados basándose en la Ley para reprimir el Lavado de Activos, vigente desde el 2005, e incluyó para cada uno de los casos atenuantes que modificaron la pena.
En el caso del ex funcionario, la pena dispuesta era de 6 a 9 años, pero pasó a una sanción de 5, debido a que la defensa de este demostró atenuantes, como la colaboración que presta en el Centro de Rehabilitación en el que está recluido dando clases de Matemáticas a los internos que buscan postular al examen para bachilleres.
Su abogado, Pablo Guerrero, dijo estar conforme con que se acogiera el principio de favorabilidad, mas no en la pena. Adelantó que está seguro de que en las etapas de apelación y casación las atenuantes harán que la pena dispuesta baje aún más.
La misma lógica se usó para sancionar a Endara y Mosquera padre, pues en ambos casos se tomaron en cuenta atenuantes como buen comportamiento y su avanzada edad.
De haberse usado el Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente desde el 2014, las penas estaban en el rango de los 10 y 13 años.