Mediante una publicación en el diario oficial, el Organismo Judicial aprobó remitir vía electrónica las órdenes de arraigo, embargo y anotación de demanda, para lo cual instruye al director de Informática de ese ente a diseñar sistemas informáticos.
Ciudad de Guatemala. Según la publicación, las órdenes de embargo de bienes inmuebles y bienes muebles, así como el levantamiento de éstas serán dirigidos al Registro General de la Propiedad.
El embargo de cuentas bancarias y el levantamiento de estas órdenes estarán dirigidas a los bancos del sistema, el embargo de vehículos será notificado al registro fiscal de vehículos de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
Las órdenes de arraigo y su levantamiento se enviarán a la Dirección General de Migración y la Policía Nacional Civil (PNC).
Para garantizar la certeza del remitente, los documentos o correos electrónicos deberán contar con firma electrónica del juez correspondiente y deberá incluirse la firma electrónica institucional.
De toda comunicación deberá dejarse constancia escrita en el expediente, con la impresión del correo remitido o del reporte generado por los sistemas informáticos.