La acción judicial atacó la supuesta parcialidad de los senadores, al anunciar anticipadamente el resultado del procedimiento (juicio político), es decir, la posible destitución del presidente Fernando Lugo, además de la violación del derecho a la defensa.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó in límine (sin analizar) la acción de inconstitucionalidad presentada por el ex presidente Fernando Lugo en contra de la supuesta violación del derecho a la defensa en el juicio político.
Los ministros Víctor Núñez, Gladys Bareiro de Módica y Antonio Fretes, integrantes de la sala Constitucional del máximo tribunal de justicia, rechazaron la acción de inconstitucionalidad planteada por los abogados del ex mandatario Fernando Lugo, según confirmó Fabián Escobar, secretario de la mencionada dependencia judicial.
La acción judicial atacó la supuesta parcialidad de los senadores, al anunciar anticipadamente el resultado del procedimiento (juicio político), es decir, la posible destitución del presidente Fernando Lugo, además de la violación del derecho a la defensa. Se cuestionó el límite de tiempo para la preparación de su defensa, que fue de dos horas.
Parte del escrito de la Sala Constitucional de la Corte señala que la Resolución 878 de la Cámara de Senadores establece el procedimiento para la tramitación del juicio político de referencia y fue dictada en los límites de las competencias constitucionales de la Cámara Alta.
Además, como el juicio político fue concluido -la acción de inconstitucionalidad que atacó el procedimiento del enjuiciamiento del exmandatario- perdió virtualidad jurídica.
El expresidente Fernando Lugo fue destituido el viernes pasado por mal desempeño de funciones mediante un juicio político en el Senado, con 34 votos a favor y cuatro en contra.