El jefe del equipo jurídico peruano, Alain Pellet, sentenció que resulta "impensable que los dos Estados hayan podido convenir en una delimitación de tan crasa falta de equidad. Esas consideraciones hacen inaceptable el seudo método chileno de delimitación por el paralelo geográfico".
Como “impensable e inaceptable” de alegar la existencia de una delimitación marítima por la línea paralela, por ser inequitativa, definió el coordinador del equipo jurídico peruano en la corte de La Haya, Alain Pellet, la definición que Chile hace de la frontera marítima con Perú.
En la segunda jornada de alegatos orales y con su histriónico estilo, Pellet aseveró que la geografía de la costa peruana y chilena permiten de forma idónea la aplicación de la la línea equidistante, que lleva a un resultado más razonable y equitativo.
“Es impensable que los dos Estados hayan podido convenir en una delimitación de tan crasa falta de equidad. Esas consideraciones hacen inaceptable el seudo método chileno de delimitación por el paralelo geográfico”, sentenció.
Agregó que en la posición chilena “queda claro que hay una negación del derecho del Perú a una proyección de sus costas mar adentro”.
Fallos anteriores. En este sentido, apuntó que “el silencio obstinado de Chile de falta de equidad es muy elocuente (...) y su línea (divisoria) no representa los principios de equidad que persigue la Corte”.
A renglón seguido, Pellet repasó fallos anteriores que La Haya ha adoptado sobre la base del principio de “equidad”.
“Solución equitativa debe beneficiar a cada Estado en la proyección de sus costas. Estamos lejos de cualquier cosa que se parezca a una división razonable. Equidad no significa igualdad”, agregó.
Pellet dio paso a la tercera intervención de Bundy, quien reforzó la impugnación que Perú hace del Hito 1 como inicio de la frontera marítima, al señalar que ésta debe comenzar en el punto Concordia.
“El límite marítimo debe iniciarse desde el Punto Concordia y no tierra adentro”, sentenció al tiempo en que precisó que “Chile no ha querido decirle a la Corte dónde es que está establecido el punto Concordia”.
A su juicio, Chile ha realizado un “ejercicio interesado y artificial” al realizar “de forma repentina” una modificación cartográfica.
“Chile hace caso omiso a sus propios mapas oficiales (...) omite el tratado de 1929 y los mapas esquemáticos”, dijo.
Agregó que “la costa es lo que genera los derechos de soberanía marítima (...). No puede haber derechos chilenos en zonas que están situadas adyacentes a lo que es la costa peruana”.
*Vea además en Nación.cl: Bundy: Frontera Perú-Ecuador se fijó en 2011 y no en 1952