El pedido de indulto se solicitará al ministerio de Justicia y contará con una serie de requisitos. El beneficiario deberá exponer su arrepentimiento y las disculpas a las víctimas del delito.
Mediante decreto ejecutivo, el presidente de Ecuador, Rafael Correa, emitió este martes un reglamento para la “concesión de indulto, conmutación y rebaja de penas”.
Se indica que es necesario reglamentar el procedimiento para solicitar del mandatario el beneficio del indulto presidencial sobre el cumplimiento de las penas privativas de libertad.
Este puede consistir en el perdón del cumplimiento de la pena y rebaja o conmutación por otra sanción penal establecida por el artículo 60 del Código Orgánico Integral Penal.
El pedido de indulto se solicitará al ministerio de Justicia y contará con requisitos como nombres, número de cédula, descripción de la pena impuesta, tiempo de detención, copia certificada de la sentencia condenatoria y detalles por los que solicita el indulto presidencial. El beneficiario deberá exponer su arrepentimiento y las disculpas a las víctimas del delito.
El ministerio de Justicia hará un informe que se enviará al presidente, quien podrá otorgar indulto si está de acuerdo con el documento y expedirá el decreto con su decisión.