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Corren plazos para vetar o promulgar la polémica Ley de Seguridad de México
Jueves, Diciembre 21, 2017 - 09:54

El presidente Enrique Peña Nieto tiene hasta mediados de enero de 2018 para realizar alguna observación al proyecto de Ley de Seguridad Interior o incluso vetarlo y devolverlo a la Cámara de Diputados.

Ciudad de México. El presidente Enrique Peña Nieto tendría hasta mediados de enero del 2018 para realizar alguna observación al proyecto de Ley de Seguridad Interior o incluso vetarlo y devolverlo a la Cámara de Diputados, de acuerdo con la Carta Magna.

El artículo 72 de la Constitución Política expone que al aprobarse un proyecto de ley por el Congreso de la Unión, éste será remitido al Ejecutivo federal, que, si no tuviera observaciones que hacer, lo publicará inmediatamente.

Se considerará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto que no sea devuelto con observaciones a la Cámara de su origen, en cierto plazo.

La ley de Seguridad Interior y los cambios que el Senado de la República realizó al proyecto inicial (en su rol de cámara revisora) fueron aprobados por su Cámara de origen, en San Lázaro, la mañana del 15 de diciembre, y enviados al Ejecutivo para su promulgación.

El Poder Ejecutivo tiene 30 días naturales para realizar alguna observación.

La ley prosigue que vencido este plazo, el Ejecutivo dispondrá de 10 días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto.

Culminado este segundo plazo, la ley o decreto será considerado promulgado y el presidente de la Cámara de origen ordenará dentro de los 10 días naturales siguientes su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo será devuelto, con sus observaciones, a la Cámara de su origen; es decir, si el presidente decidiera vetar el proyecto de Ley de Seguridad Interior, ésta regresaría a la Cámara de Diputados.

El artículo norma que el proyecto deberá ser discutido de nuevo por la Cámara de origen, y si fuese aprobado, pasará otra vez a la Cámara revisora.

Es de mencionar que tanto el PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, así como el alto comisionado de la ONU para los derechos Humanos, han solicitado al Ejecutivo ejercer su facultad de veto en el caso de la Ley de Seguridad Interior.

Mientras que el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales demandó al presidente modificar o vetar la Ley de Seguridad Interior, pues para este organismo es necesario cambiar el artículo 9 de esta ley porque considera que viola el Artículo 6 constitucional, que establece el derecho al acceso a la información.

“Es un asunto terminado”. El coordinador del PRI en la Cámara de Diputados, César Camacho Quiroz, afirmó que el tema de la Ley de Seguridad Interior es un asunto terminado en el Congreso.

Reconoció que el presidente Enrique Peña Nieto aún puede ejercer el veto, como lo demandan organizaciones sociales, aunque consideró que eso sería un “contrasentido”.

“Así decidió la mayoría en ambas cámaras (...) es un tema en este capítulo terminado.

Hoy está en manos del Ejecutivo, quien tiene constitucionalmente la posibilidad de formular observaciones, que coloquialmente se conoce como el derecho de veto”, comentó.

Autores

El Economista (México)