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Honduras: este lunes comienza a operar rigurosa ley contra el tabaco
Sábado, Febrero 19, 2011 - 14:44

En América Latina hay siete países que ya tienen en vigencia esta norma, siendo el pionero Uruguay. Con la medida se busca reducir el consumo del tabaco y de paso disminuir la tasa de enfermedades causadas por la adicción a la nicotina.

Tegucigalpa. El aire que a partir del próximo lunes respiren los hondureños será menos contaminado por el humo del cigarrillo. Este lunes 21 de febrero entra en vigencia la ley especial de Control de Tabaco, con la que se prohíbe a la ciudadanía fumar en todos los espacios públicos y privados, como oficinas, centros educativos, restaurantes, cafés, centros comerciales, cines, estadios y, en fin, una amplísima gama de establecimientos a los que puede acudir la ciudadanía.

La finalidad de esta legislación es disminuir el consumo de tabaco y, de igual manera, el número de pacientes con enfermedades derivadas del mismo, aseguran los promotores de la ley.

En América Latina hay siete países que ya tienen en vigencia esta ley. Honduras fue la última nación en aprobar esta legislatura, siendo el pionero Uruguay; mientras que en la región centroamericana también la aplica Guatemala.

"Esperamos que las enfermedades cardíacas bajen considerablemente, como ocurrió en México, en los tres primeros meses, así como problemas respiratorios, como la bronquitis aguda que se redujo en un 50%", dijo el médico Genaro Aguilar, miembro de la Alianza Hondureña Antitabaco.

De manera científica se ha probado que el tabaco produce cáncer en todas sus formas, pero impacta de manera inmediata en las enfermedades respiratorias, principalmente en niños, desarrollando en la mayoría de los casos bronquitis. "De cada 10 niños que van a emergencia en el Materno Infantil con bronquitis aguda, 9 son fumadores de segunda mano, es decir que son hijos de padres o madres fumadores", aseguró Aguilar.

La ley de Control del Tabaco que se ha aprobado en otros países tiene, además de las restricciones, algunas libertades tal como la opción de fumar en zonas permitidas, es decir, áreas "especiales" para fumadores. En el caso de Honduras no será así. "No se puede fumar en cualquier lugar cerrado, como billares, cantinas, bares, restaurantes, oficinas, centros educativos, hospitales, farmacias, incluso, dentro del estadio Nacional", explicó el galeno.

Rony Portillo, director del Instituto Hondureño para la prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia (Ihadfa), dijo que se aplicarán sanciones monetarias a quienes incumplan esta norma. "A las personas que fumen en lugares prohibidos se les multará con el pago equivalente a un salario mínimo al día, y a los comercios que permitan fumadores dentro de sus establecimientos se les sancionará con desde cinco salarios mínimos hasta doscientos, incluso con el cierre del negocio si son reincidentes", detalló.

Explicó que en los centros de diversión nocturnos, como las discotecas, está prohibido también el consumo de tabaco; "a ellos se les aplicarían varias sanciones porque son centros de diversión, de trabajo... es edificación cerrada y un lugar público", aclaró el funcionario. Los menores de edad no podrán ingresar a sitios donde se permita el consumo de tabaco ni ser empleados ni utilizados para su distribución y venta, según detalla el artículo 28 de la ley. "Esta disposición se puso porque el 48 por ciento de los fumadores son menores adolescentes, principalmente estudiantes de secundaria", ahondó el director del Ihadfa.

Las personas en las zonas libres, es decir fuera de las edificaciones, como los parques y la calle, deberán respetar a los no fumadores y podrán consumir tabaco a dos metros de distancia ellos.

Tampoco se podrán comprar o vender cigarrillos por unidad o al menudeo, únicamente en cajetillas de 10 unidades como mínimo, y se sancionará también a quien los venda sin los impuestos, incluyendo las zonas francas.

También se contemplan regulaciones a la publicidad del cigarrillo. Una de las de mayor impacto es la colocación en el 80% de las cajetillas de "pictogramas" alusivos a la enfermedad. Es decir que cada paquete deberá lucir imágenes de pacientes que se han visto afectados por la enfermedad. Esto se hará en ambos lados de la cajetilla.

A partir del lunes, las cajetillas que no contengan estos "pictogramas" serán retiradas de los comercios por parte de personal del Ihadfa.

La ley también establece que el Estado debe tener programas de ayuda a pacientes fumadores y programas educativos preventivos. "El tabaco en todas sus formas y presentaciones es el responsable del 30 al 40% de los cánceres en pacientes que atendemos, y 20% de personas que han sido fumadores pasivos", dijo Flora Duarte, directora del Centro de Cáncer Emma Romero de Callejas (CCERC).

"La nicotina produce el síndrome de abstinencia, para eliminarlo hay que colocar parches con nicotina en dosis bajas y reduciéndolas, chicles de nicotina, esto para las personas que no pueden dejar de fumar como otras, porque lo primero que se necesita es la voluntad para hacerlo", manifestó Duarte.

Además, explicó que otras personas necesitan grupos de apoyo, como entidades no gubernamentales y Alcohólicos Anónimos, que dan soporte quienes desean dejar de fumar. En el CCERC también se le brinda atención a estos pacientes, con apoyo psicológico y testimonios de personas que dejaron de fumar, dijo la directora.

Al Ihadfa le corresponde incorporar en sus programas la prestación de servicios de diagnóstico, tratamiento y asesoramiento sobre el abandono y cesación del consumo de tabaco. Además, dice la ley que debe implementar en los centros de salud programas para dejar de fumar, proporcionando accesibilidad a los tratamientos incluyendo los productos farmacéuticos.

El artículo 31 de la ley establece que el Ihadfa, a través de la división de tratamiento, regulará, coordinará y vigilará, junto a organismos privados, la ejecución de estos programas.

La entrada en vigencia de esta ley producirá cambios en la economía de las familias dedicadas a la fabricación, distribución y venta de los derivados del tabaco.

Una de las medidas que afecta a los vendedores es la comercialización de los cigarrillos al menudeo, ya que está totalmente prohibido.

Con esta disposición se pretende bajar el consumo y venta de los derivados del tabaco, lo que también afectará a los trabajadores del campo que se dedican al cultivo y manejo de plantas de tabaco.

En el artículo 35 de la ley se establece que el Estado, a través de los despachos de Agricultura y Ganadería, Industria y Comercio, debe implementar programas de empleo o un cultivo alternativo.

El contrabando de los productos derivados del tabaco estará vigilado y controlado por la Secretaría de Finanzas a través de un plan de medidas.

La publicidad anunciando la venta del tabaco está prohibida en todas sus formas, y quienes incumplan esta medidas también serán sancionados.

A los comercios que vendan productos que contengan este tipo de publicidad se les sancionará con cien salarios mínimos mensuales, más el decomiso y destrucción de dichos objetos.

De igual manera se sancionará a los comercios que no retiren la publicidad de sus centros, donde además se decomisará el producto y la publicidad, que serán destruidos, según expone el artículo 41.

Los montos recaudados por concepto de multas ingresarán a la Tesorería General de la República o a las tesorerías municipales en los casos que así dispone la ley. En el presupuesto anual de ingresos y egresos se asignará un monto equivalente a las multas recaudadas por la Tesorería General al Ihadfa, para los programas de los centros de prevención y tratamiento de las víctimas del consumo de tabaco. Las municipalidades deben utilizar estos fondos para programas afines a la lucha contra el tabaco, dice la ley.

Autores

ElHeraldo.hn