El organismo internacional consideró que las leyes sobre la violencia contra las mujeres en las Américas "son mejores que en otras regiones" y que "la mayoría de los países y territorios del hemisferio incluyen aspectos clave recomendados por OPS y la ONU".
La Organización Panamericana de la Salud (OPS) resaltó los esfuerzos de 80 países para fortalecer la legislación sobre violencia contra las mujeres, pero alertó que muchas de ellas incumplen pautas sanitarias.
"Muchas de las leyes existentes no garantizan la prevención, el apoyo adecuado y la atención a las víctimas de la violencia", señaló el informe "Legislación sobre violencia contra las mujeres: visión general de los aspectos claves”, publicado en el último número de la revista de OPS.
Las autoras de la investigación, Gaby Ortiz Barreda y Carmen Vives Cases, analizaron las leyes sobre violencia contra las mujeres en 80 países y territorios de los cinco continentes, y las compararon con recomendaciones de la OPS y de las Naciones Unidas.
Del análisis concluyeron que "muchas legislaciones no cumplen con recomendaciones clave sobre la identificación de las mujeres como beneficiarias de protección o apoyo".
También que "no determinan la función de los distintos sectores (judicial, policial, educativo y sanitario) en las intervenciones relacionadas con la violencia contra las mujeres".
Sobre este punto, el estudio ponderó que la ley argentina, la 26.485, "exige la participación del sector de la salud a través de intervenciones específicas que incluyen el trabajo intersectorial para integrar los servicios judiciales y sociales".
Al respecto, consideró que "este tipo de intervenciones puede jugar un papel importante para facilitar a las mujeres víctimas de malos tratos, el acceso a la justicia y a recursos sociales".
Otro eje del documento está relacionado con el adecuado uso de los términos, ya que algunas leyes "no cumplen con las recomendaciones claves sobre las definiciones de la violencia".
Esto es destacado ya que "en estudios previos se ha demostrado que la legislación que se refiere a la “violencia doméstica” “intrafamiliar” o “familiar”, en lugar de “violencia contra las mujeres”, tiende a priorizar la estabilidad de la familia por sobre los derechos de las mujeres".
Argentina ha tomado en cuenta este aspecto ya que la normativa local se titula "Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales".
Además, OPS resaltó que la ley argentina incluya tipos y modalidades que no están contempladas en otras normas similares en otros países, tales como la violencia institucional, simbólica y mediática.
Asimismo, el organismo internacional consideró que las leyes sobre la violencia contra las mujeres en las Américas "son mejores que en otras regiones" y que "la mayoría de los países y territorios del hemisferio incluyen aspectos clave recomendados por OPS y la ONU".
Las autoras concluyeron que "en general se han encontrado importantes limitaciones en el contenido legislativo y su aplicación", en las 80 normas analizadas.
También "restricciones en cuanto a las medidas en que se proporcionó a las mujeres protección, apoyo y atención integrados", por lo que solicitaron que las legislaciones "consideren el papel esencial de los servicios de salud”.