Pasar al contenido principal

ES / EN

Tribunal Constitucional en Bolivia rechaza despenalización de aborto
Jueves, Febrero 13, 2014 - 15:13

"El razonamiento que se ha manejado es que se respeta la vida desde la concepción", declaró el magistrado Cusi, tras confirmar que ya firmó el fallo y que próximamente se precisará el detalle de su contenido.

La Paz. El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Bolivia rechazó este jueves la despenalización del aborto en el país al sentenciar la ratificación de "la constitucionalidad del respeto a la vida desde la concepción", aunque recomendó al legislativo trabajar en una ley referida al tema.

El magistrado del TCP, Gualberto Cusi, confirmó la información y explicó que la sentencia delega a la Asamblea Legislativa Plurinacional la responsabilidad de redactar y aprobar una ley para establecer una política pública sobre el respeto de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

"El razonamiento que se ha manejado es que se respeta la vida desde la concepción", declaró Cusi, tras confirmar que ya firmó el fallo y que próximamente se precisará el detalle de su contenido.

"Implicaba el rechazo a la despenalización del aborto, pero eso tampoco implica que los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres sean negados. En ese sentido debe ser la Asamblea Legislativa la que trabaje, mediante leyes o políticas públicas, la manera de proteger estos derechos que están reconocidos en la Constitución", dijo.

El magistrado señaló que "estamos delegando a la Asamblea Legislativa para que haga una ley apropiada y justa en este tema".

A su vez, el presidente del TCP, Ruddy Flores, confirmó a periodistas que la sentencia fue aprobada, con votos disidentes, y anunció que el lunes próximo se conocerá públicamente su contenido.

Confesó que ha sido una sentencia que les ha llevado "mucho tiempo y esfuerzo", pero "creemos que se ha llegado a un fallo donde se está observando principalmente el interés de la sociedad en el marco de los principios, valores y la protección de los derechos que plantea la Constitución".

Se trata de un fallo que realmente va a marcar un análisis diferente respecto de la protección de los derechos de la mujer, los derechos sexuales reproductivos, y de cómo el Estado debe empezar a encarar el tratamiento del aborto en el país.

La demanda fue aceptada por el TCP el 15 de marzo de 2012, cuando la diputada Patricia Mansilla (MAS) presentó una acción de inconstitucionalidad contra varios artículos del Código de Procedimiento Penal que penalizan la práctica del aborto, lo que derivó en divergencias en el oficialismo y polémica en sectores.

El presidente Evo Morales afirmó que el aborto es un delito, pese a que algunos de sus ministros se expresaran en favor de la práctica quirúrgica.

Este tema motivó marchas de organizaciones a favor y en contra del aborto. En marzo de 2012, la diputada del MAS, Patricia Mancilla, firmó un recurso abstracto de inconstitucionalidad contra 13 artículos del Código Penal, cinco de ellos referidos explícitamente contra el aborto.

El recurso fue elaborado por un abogado que recibió sus honorarios de parte de la ONG IPAS de Estados Unidos.

Según información del Tribunal Constitucional, la sentencia se enmarca en la Legislación Internacional vigente.

En este caso se tomó en cuenta la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que en su artículo 4.1 establece que "Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente".

La Convención señalada fue ratificada por Bolivia en 1993 y debe ser respetada de acuerdo con lo establecido en el artículo 13, IV de la Constitución.

El precepto constitucional indica que "Los tratados y convenios internacionales ratificados por la Asamblea Legislativa Plurinacional, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción prevalecen en el orden interno".

Además, prevé que "Los derechos y deberes consagrados en esta Constitución se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Bolivia".

La normativa boliviana establece que es procedente el aborto en casos de violación y cuando la vida de la madre está en peligro, precisamente, a causa del embarazo.

Autores

Xinhua