La cadena era la mayor acreedora de la exisapre, debido al contrato de prestación de servicios que ambas partes mantenían, específicamente con respecto a la entrega de medicamentos a los afiliados.
En fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por la cadena de farmacias Cruz Verde contra una decisión de la Superintendencia de Salud.
Lo anterior, debido a la invalidación de una resolución anterior, que le reconocía derecho preferente a la empresa como acreedora -por sobre clínicas y médicos- a los fondos que generaron lo excedentes de la exisapre.
La circular que revocó la Justicia fue firmada en febrero de este año por la intendenta de Fondos de la Superintendencia, Nydia Contardo.
El tribunal consideró que se afectaba el derecho de propiedad de Cruz Verde y concluyó que debe cobrar los $4.673 millones (US$ 6,8 millones) que se le adeudan.
La cadena era la mayor acreedora de la exisapre, debido al contrato de prestación de servicios que ambas partes mantenían, específicamente con respecto a la entrega de medicamentos a los afiliados.
“(La Superintendencia) Al proceder en la forma descrita y cambiar el criterio interpretativo antes señalado, ha ido en contra de sus actos propios y ha afectado los derechos adquiridos de buena fe por Farmacia Cruz Verde S.A.”, precisó el tribunal en su fallo.
“(…) A través de actos arbitrarios que carecen de fundamentación e ilegales al exceder los márgenes en que la ley le permite actuar para invalidar o revocar un acto administrativo, vulnerando con ello la garantía fundamental prevista en los número 24° de la Constitución Política de República, desde que ha afectado el derecho de propiedad, motivo por el cual se acogerá el recurso de protección deducido”, se lee en el escrito.
Pese a lo anterior, la Superintendencia todavía puede apelar este fallo ante la Corte Suprema de Justicia.