Con 116 medidas, China lidera como el interlocutor comercial sujeto a una mayor cantidad de órdenes de imposición.
Estados Unidos aplica actualmente 340 medidas antidumping (incluidos los acuerdos de suspensión), lo que representa un aumento de 28.3% en comparación con las que tenía en vigor en el 2015, de acuerdo con datos de la Organización Mundial de Comercio.
Los acuerdos de suspensión implican, como su nombre lo indica, el detenimiento de la imposición de cuotas compensatorias por dumping y subsidios contra las importaciones de Estados Unidos de un determinado producto, al alcanzarse un convenio con otro país relacionado con el caso.
El número de medidas antidumping en vigor de Estados Unidos aumentó durante los últimos tres años. Al 31 de diciembre del 2017, excluidos los acuerdos de suspensión, estaban en vigor 321 medidas antidumping definitivas.
En esa fecha se mantenían en vigor 314 órdenes de imposición de derechos antidumping y siete acuerdos de suspensión, en comparación con 293 en diciembre del 2016 y 265 en diciembre del 2015.
De acuerdo con la información del Departamento de Comercio y de la Comisión de Comercio Internacional, al 17 de julio del 2018 se mantenían en vigor 340 órdenes de imposición de derechos antidumping.
En forma desglosada, los interlocutores comerciales sujetos a una mayor cantidad de órdenes de imposición de derechos antidumping eran China (116), la Unión Europea (32), la República de Corea (24), Taiwán (23) e India (21).
De las 340 medidas antidumping vigentes, 179 (52.6% del total) se aplicaban a productos siderúrgicos, 55 (16.2%) a productos manufacturados diversos, 40 (11.8%) a productos químicos y farmacéuticos, 25 (7.4%) a metales y minerales, 21 (6.2%) a productos agrícolas, 14 (4.1%) a plásticos y caucho, tres (0.9%) a productos textiles y prendas de vestir, y dos (0.6%) a maquinaria y equipo.
También al 17 de julio del 2018, de las 333 medidas antidumping en vigor (excluidos los acuerdos de suspensión), 215 se habían renovado tras un examen por extinción, es decir, habían estado en vigor durante más de cinco años.
La duración media de una medida antidumping en vigor era de unos 11 años al final del 2017. En esa fecha, 61 medidas antidumping y cinco medidas compensatorias habían estado en vigor durante más de 20 años y 159 medidas antidumping y 14 medidas compensatorias habían estado en vigor más de 10 años.
La medida antidumping más antigua en vigor data de 1977 y se aplica a la cinta de plástico autoadhesiva de Italia; una medida aplicada a los cables de acero para hormigón pretensado procedentes del Japón data de 1978.
A finales del 2017, estaban en vigor siete acuerdos de suspensión, con Argentina (1), México (2), la Federación de Rusia (2) y Ucrania (2), relativos al jugo de limón, los tomates frescos, el azúcar, las planchas de acero al carbono y el uranio, y las tuberías para perforación petrolera, respectivamente.
Cuatro de los acuerdos conllevan compromisos relativos a los precios, uno establece límites a la exportación y los demás establecen límites a la exportación combinados con un compromiso relativo a los precios.