El Congreso Nacional aprobó el 20 de diciembre de 2013 la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, fue publicada con fecha 30 de diciembre en el diario oficial La Gaceta y entró en vigencia el 1 de enero de 2014.
Tegucigalpa. La aprobación de una tasa de 1,5% sobre los ingresos brutos obliga a todas las empresas productoras de bienes y servicios a elevar los precios y trasladar nuevos costos al consumidor final, expresó el industrial y panificador Jimmy Dacarett.
“En el caso de la industria panificadora del país se aplica una tasa de 0,75%. Esto nos indica que debemos tener una rentabilidad por encima de un 3%”, dijo.
En este sentido, continuó, las empresas “para evitar que se les aplique este castigo de gobierno”, deberán tener un porcentaje de utilidad, que es poco probable lograrlo vía productividad, sino que será alcanzado mediante la transferencia de precios al consumidor final.
Dacarett fue del parecer que la población debe tener conocimiento que el precio de la mayoría de alimentos contenidos en la canasta básica tendrá un mayor incremento a los precios.
De manera preliminar trascendió que representantes del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) y funcionarios mantienen conversaciones respecto a la posible modificación de este tema, pero aún no existe acuerdo.
En un momento, representantes de organizaciones gremiales afectadas expresaron en las oficinas del Cohep que es necesario presentar un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia para frenar la aplicación de una normativa que afectará a las empresas y a los consumidores.
El Congreso Nacional aprobó el 20 de diciembre de 2013 la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, fue publicada con fecha 30 de diciembre en el diario oficial La Gaceta y entró en vigencia el 1 de enero de 2014.
Esta normativa eliminó exoneraciones y franquicias aduaneras a las importaciones y compras locales, así como reformó el aporte a la Conservación del Patrimonio Vial, derogó exoneraciones de pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) en los artículos 10, 22, 25 y 50.
Estableció una normativa para aplicar un 1,5% para el cálculo del ISR a partir del presente año y se restableció el pago de la aportación temporal. Se reformó el artículo número 6, 11-A y 15 de la Ley del Impuesto Sobre Ventas y los bienes y servicios exentos.