A través de una modalidad de cotización cruzada (Cross Listing) que funcionará bajo el sistema de cotización de valores extranjeros, los inversionistas institucionales e individuales podrán adquirir y vender acciones listadas en los mercados de los dos países.
Bogotá. Las bolsas de valores de Chile y de Colombia suscribieron un acuerdo para permitir el doble listado accionario en ambas plazas, en busca de profundizar los mercados y ofrecer nuevas alternativas a los inversores, informaron el martes las dos entidades.
A través de una modalidad de cotización cruzada (Cross Listing) que funcionará bajo el sistema de cotización de valores extranjeros, los inversionistas institucionales e individuales podrán adquirir y vender acciones listadas en los mercados de los dos países, por medio de una comisionista de bolsa nacional y bajo reglas locales.
A su turno, los emisores podrán tener sus acciones listadas tanto en el mercado chileno como en el colombiano, inyectando mayor liquidez a los títulos sin tener ninguna obligación adicional, dadas las normativas vigentes en ambos países.
"Este acuerdo con nuestros pares en Colombia está en línea con nuestro propósito de trabajar por un mercado de valores con mayor liquidez, profundidad y competitivo, que entregue a emisores e inversionistas más opciones de negocios y con una mayor exposición global", dijo el gerente general de la Bolsa de Santiago, José Antonio Martínez, citado en un comunicado conjunto.
A cierre de agosto, la capitalización bursátil del mercado chileno alcanzó US$159.000 millones y el colombiano US$88.000 millones, según cifras del Mercado Integrado Latinoamericano, MILA.
"Este sistema de cotización representa una gran ventana ya que pueden acceder a valores internacionales sin necesidad de abrir cuentas en el extranjero, facilita la diversificación de portafolios de inversión", sostuvo por su parte el presidente de la bolsa colombiana, Juan Pablo Córdoba.
En el caso de Chile, los valores extranjeros se podrán negociar en pesos chilenos y en dólares americanos. En Colombia, la liquidación se hará en moneda local. En tanto, los instrumentos sin extensión se mantendrán bajo la modalidad MILA en la moneda y el mercado de origen.