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Reforma a las plataformas digitales en México brindaría derecho a jubilación para conductores y repartidores
Martes, Febrero 4, 2025 - 12:00
Fuente: El Economista

Tener seguridad social no sólo implica el acceso a la salud, también da el derecho a jubilarse con una pensión a la edad de los 65 años, los trabajadores de plataformas cotizarán para lograr esto.

Un trabajo digno que otorgue seguridad social a los trabajadores representa una red de protección, parecida a la que utilizan los malabaristas en los circos cuando realizan actos arriesgados.  

La seguridad social no sólo representa el acceso a servicios de salud, también es una forma de que, al llegar cierta edad, los trabajadores se pueden jubilar recibiendo una pensión que les permita vivir dignamente.

Esa la fue la idea bajo la que se concibió la reforma que regula el trabajo en las plataformas digitales en México como Uber, Didi, Rappi, y que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre del año pasado.

Sin embargo, en lo que respecta a la seguridad social y la jubilación aún hay muchas dudas.

NECESARIO CAMBIO AL SISTEMA JURÍDICO EN SU PARTE SOCIAL

Para Verónica Lidia Martínez, doctora en Derecho y especialista en Derecho Social, a pesar de que la reforma de plataformas digitales implica cambios en la legislación laboral y de seguridad social, únicamente se limita a modificar la Ley Federal del Trabajo y la parte de seguridad social referente al Instituto Mexicano del Seguro Social y el Infonavit.

“Se ordena al Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores la expedición de reglas de carácter general que garanticen su aseguramiento y la cobertura de sus aportaciones, a través de una prueba piloto de participación obligatoria para el aseguramiento de personas trabajadoras de plataformas digitales”, refiere.

Recordó que el IMSS tiene un plazo de 180 días naturales, contados a partir de la publicación de las reglas de carácter general, para que considerando los resultados que arroje la prueba piloto se preparen las iniciativas que con mayor detalle definirán los aspectos relativos al cumplimiento de las referidas obligaciones, mismas que serán presentadas ante el Poder Legislativo para su discusión.

Agregó que, de igual manera, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores podrá proponer adecuaciones normativas equivalentes para poder materializar la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 24 de diciembre de 2024.

“Todo esto obedece a la especialidad del trabajo en plataformas digitales que requiere una normativa especializada que involucre no sólo a la Ley Federal del Trabajo, sino las leyes del seguro social y del Infonavit por las implicaciones que se producen en el ámbito de la seguridad social”, explica.

En ese sentido, dijo que las personas que generan ingresos netos mensuales equivalentes a por lo menos un salario mínimo mensual de la Ciudad de México por su trabajo tendrán una cobertura plena y el acceso al sistema de seguros sociales de la Ley del Seguro Social de 1973 o de 1997, que dependerá del caso concreto.

“La reforma de plataformas digitales amerita de un cambio integral al sistema jurídico mexicano en su parte social que no debe acotarse a la Ley Federal del Trabajo”, consideró.

CUMPLIR REGLAS PARA LOGRAR LA JUBILACIÓN

Sebastián Patiño Jiménez, abogado especialista en Derecho de la Seguridad Social, explica que una vez que estén todos los detalles a los cambios que requiere la Ley del Seguro Social, los trabajadores deberán identificar el régimen bajo el cual cotizarán.

Si los conductores o repartidores han cotizado alguna vez en su vida, deberán establecer si su régimen es del 73 o la Ley del 93, y continuar cotizando bajo esos términos.

Quienes no tengan ninguna cotización en su vida laboral, tendrán que cotizar bajo el régimen 93, es decir, el de cuentas individuales, conocidas como Afores.

En ese sentido, recordó que en 2020 el gobierno realizó una reforma al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) que redujo las semanas de cotización que los trabajadores requieren para poder jubilarse, lo que es un beneficio.

También explicó que los conductores y repartidores, como todos los trabajadores, deberán cumplir, además de las semanas de cotización establecidas, con la edad para jubilarse, que está establecida en al menos 60 años.

“Cumpliendo los requisitos ya se tiene derecho a pedir la pensión, incluso algunos precedentes judiciales de los tribunales de la Corte dicen que lo que se tiene, en tanto no se cumplan los requisitos completos es sólo una expectativa de derechos”, comenta.

Explicó que la seguridad social tiene el principio de progresividad y quiere decir que todas las políticas, reformas legales e instrumentos que se vayan creando en materia de seguro social serán siempre con el objetivo de ampliar el derecho, de que quepan más, y en ese sentido, esta reforma es un avance.

De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), al cierre de 2024, los recursos acumulados de los trabajadores ascienden a 6,8 billones de pesos (US$ 325.522 millones).

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El Economista