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Multan en Chile a Cencosud y a filial de Walmart por fijación de precios de pollo
Viernes, Marzo 1, 2019 - 07:03

Durante su investigación, la Fiscalía determinó que las cadenas acordaron no vender carne de pollo fresca por debajo del precio de lista mayorista más impuestos, lo cual fue coordinado a través de empresas proveedoras del producto.

Santiago. La cadena de supermercados estadounidense Walmart junto a las chilenas Cencosud y SMU, fueron sancionadas este jueves por el Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) con multas que alcanzaron los 8.000 millones de pesos (US$12,4 millones), por coludirse en el precio de carne de pollo fresco.

El TDLC, órgano judicial encargado de velar por el respeto a la libre competencia, acogió el requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) que en 2016 acusó a los supermercados Walmart, SMU y Cencosud de concretar un acuerdo para fijar precios mínimos de venta de pollo entre 2008 y 2011, restringiendo la competencia en ese sector.

A tres años de acoger la acusación de la FNE, el tribunal, en decisión unánime “condenó a las cadenas de supermercados Cencosud, SMU y Walmart por haber ejecutado un acuerdo o práctica concertada en el mercado de la carne de pollo fresca, aplicándoles una multa superior a 8.000 millones de pesos (US$12,4 millones)”, indicó un comunicado de la FNE.

Las tres cadenas, que controlan el 92,5% del rubro supermercados en Chile, tienen 10 días hábiles para apelar ante la Corte Suprema.

La multa a Walmart alcanzó los $2.752 millones, mientras que Cencosud fue sancionada con $3.345 millones (US$5.12 millones) y SMU con $1.194 millones (US$1.83 millones).

Durante su investigación, la Fiscalía determinó que las cadenas acordaron no vender carne de pollo fresca por debajo del precio de lista mayorista más impuestos, lo cual fue coordinado a través de empresas proveedoras del producto.

Las cadenas “adhirieron conscientemente a un esquema común que sustituyó los riesgos de la competencia por una cooperación práctica entre ellas para regularizar el mercado y evitar guerras de precios”, indicó el comunicado de la FNE.

El caso salió a la luz por otra investigación sobre colusión entre productoras de carne de pollo, que resultó en condenas en 2015 de la Corte Suprema con multas por 60 millones de dólares.

Francisco Agüero, abogado experto en regulación económica y competencia de la Universidad de Chile, explica que la demora del tribunal para emitir el fallo se debe a que, en este caso particular, no se logró acreditar una colusión efectiva por parte de las cadenas.

“La Corte Suprema ha conocido en épocas recientes de acusaciones de colusión explícita, es decir, hubo acuerdo, hubo reuniones entre competidores. Y este es un caso relativamente distinto, más que un acuerdo entre ellos, por eso no es una colusión explícita, sino se habla de práctica concertada”, aclaró.

En ese sentido, el abogado Richard Peña, subdirector del Programa de Libre Competencia de la Pontificia Universidad Católica, explica que el éxito de las apelaciones dependerá del criterio que tenga la Corte para probar la ilegalidad de estas coordinaciones.

“La oportunidad de prosperar de estos recursos de reclamación implica para la Corte Suprema un análisis bastante mas técnico y riguroso, de llegar a entender cómo funcionan estos acuerdos de coordinación de los supermercados en el contexto del mercado chileno, si es que existen pruebas suficientes para poder acreditarla”, señaló.

Por su parte, el presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios, Hernán Calderón, anunció que, a partir de este fallo, solicitarán la compensación para los usuarios perjudicados por la colusión.

“Existe un procedimiento claro en cuanto a casos de colusión, según las modificaciones que se hicieron al Decreto Ley 211, donde las demandas colectivas se pueden iniciar una vez que haya un fallo definitivo y hoy día lo tenemos”, aseguró.

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