Esta acción ha sido desestimada por el Ejecutivo, y así lo expresó la vocera de Gobierno, Karla Rubilar, en conversación con el Expreso Bío Bío.
En la historia de Chile sólo tres presidentes han sido acusados constitucionalmente: Manuel Montt en 1868, medida que fue rechazada; Carlos Ibáñez del Campo en 1931, la cual fue aprobada meses después de su salida del cargo, y Arturo Alessandri en 1939, cuya acusación ni siquiera fue admitida.
Por lo mismo, el presidente Sebastián Piñera enfrenta un escenario inusual: el pasado 19 de noviembre, diputados del Frente Amplio, PS, PPD y Partido Comunista ingresaron una acusación constitucional en su contra, bajo el argumento que en el país se violaron los Derechos Humanos de forma generalizada y reiterada en el contexto de las manifestaciones sociales.
Esta acción ha sido desestimada por el Ejecutivo, y así lo expresó la vocera de Gobierno, Karla Rubilar, en conversación con el Expreso Bío Bío.
En ese contexto, el equipo que defiende al mandatario tenía hasta las 23:59 del miércoles para dar cuenta del texto con los argumentos para la defensa del Presidente.
Eso finalmente ocurrió a eso de las 20:00 horas en la casa del secretario de la comisión que revisa la acusación constitucional, Juan Pablo Galleguillos.
Además, desde Presidencia hicieron llegar un documento en donde se explayan en los argumentos para desestimar esta acción en contra del Jefe de Estado, señalando que esta acusación no sería admisible por diversas razones.
En primer lugar, porque no cumpliría con uno de los requisitos mínimos de ser una acción de carácter excepcional o de ultima ratio. También señalan que la acusación vulnera el debido proceso, porque se funda en hechos que aún se encuentran en investigación y todavía no han sido juzgados.
Asimismo, el texto enfatiza que la acción impulsada por diputados opositores solo procede por actos, pese a que -en opinión de la defensa- una acusación constitucional solo puede proceder por actos imputables y no cometidos por terceras personas.
Por último, se señala que esta acción es un abuso del derecho porque pretende revisar el mérito de la declaración del Estado de Emergencia, enfatizando que a los otros poderes del Estado les está prohibido pronunciarse sobre el mérito de la declaración que realiza el Presidente.
Esos son los argumentos del equipo de la defensa de Piñera para aducir la inadmisibilidad del documento presentado por la oposición. El texto también responde a los dos capítulos de la acusación y detalla las medidas que adoptó el mandatario para prevenir un excesivo uso de la fuerza por parte de los militares, así como las violaciones a los Derechos Humanos.
Justamente por estos argumentos es que en el Gobierno están confiados de que esta acusación se estanque en la cuestión previa, instancia que antecede a la revisión del fondo del libelo. Si es que finalmente se rechaza la cuestión previa, se verá el fondo en la Sala de la Cámara.
Ahí se necesitaría la mayoría absoluta de los diputados en Sala para que avance al Senado. En estos casos, la Cámara Alta actúa como juez y, para destituir al mandatario se necesitarían 2/3 de los votos, es decir, la aprobación de 29 senadores.
Oposición a la carga. Desde la oposición, y principalmente desde la comisión que está estudiando el caso, el diputado DC, Daniel Verdesi, señaló los argumentos en los cuales se ha basado la parte acusadora.
En tanto, el diputado del Partido Socialista, Jaime Naranjo, que firmó esta acusación en contra de Piñera, enfatizó que con este acto quieren dejar establecido que ningún Presidente está por sobre la Constitución y la ley.
Con todo, la inédita acusación constitucional en contra del Presidente se votaría en la Sala de la Cámara de Diputados el jueves de la próxima semana.
Sin embargo, no es la única definición político/jurídica que se tomará en el Congreso la próxima semana: el martes el Senado deberá definir el futuro político del exministro del Interior, Andrés Chadwick, quien también está acusado constitucionalmente, cuyo requerimiento ya superó la primera etapa y fue admitido por la Cámara.