La Comisión Experta, la subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos aprobó una serie de principios y derechos de la ciudadanía. Entre las normas respaldadas está que Chile es un Estado social y democrático de derecho, que además tiene libertades fundamentales. Asimismo, destaca la aprobación de la norma que reconoce a los pueblos indígenas “como parte de la nación chilena" que "es una e indivisible".
En el marco del anteproyecto que propondrá la Comisión Experta para una nueva constitución en Chile, la subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos aprobó que “Chile se organiza en un Estado social y democrático de derecho, que reconoce derechos y libertades fundamentales”.
Además de promover “el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas”.
Tras la aprobación, el presidente de la instancia, Máximo Pavez, recalcó que “hemos tenido una discusión del más alto nivel jurídico, político y también humano” para “expresar los aspectos que nos unen” y mostrar “donde están nuestras diferencias”.
Desde la Comisión Experta, la presidenta Verónica Undurraga dijo que el reconocimiento en el primer artículo “significa un nuevo comienzo en nuestra comunidad jurídica en cuanto a que prima un principio de solidaridad y de compromiso del Estado de Chile para un desarrollo progresivo y de derechos sociales”.
Asimismo, Undurraga valoró que este tema se presentara en el primer artículo del anteproyecto, pues “estando de la mano con el reconocimiento de la dignidad humana, nuestro Estado tiene que ser social y democrático de todas maneras”.
De igual forma, se aprobó que “el Estado deberá servir a las personas y a la sociedad, y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe crear las condiciones sociales que permitan a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible”.
Agregando que “el Estado promoverá las condiciones de justicia y solidaridad para que la libertad, derechos e igualdad de las personas se realicen, removiendo los obstáculos que lo impidan o dificulten”.
Otra norma aprobada fue que la que establece que la familia “es el núcleo fundamental de la sociedad” y “es deber del Estado y la sociedad dar protección a las familias y propender a su fortalecimiento”.
Pueblos indígenas
En cuanto a los pueblos indígenas, se aprobó que la Constitución los reconoce “como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y su cultura”.
Además que se “reconoce y promueve el diálogo intercultural en condiciones de igualdad entre los distintos pueblos que conviven en el país, con dignidad y respeto recíprocos”.
Agregando que “en el ejercicio de las funciones públicas se debe garantizar el reconocimiento y la comprensión de la diversidad étnica y cultural”.
También se aprobó que “el Estado respetará y promoverá sus derechos individuales y colectivos garantizados por esta Constitución, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
Asimismo, se reconoce “la interculturalidad como un valor de la diversidad étnica y cultural del país y promueve el diálogo intercultural en condiciones de igualdad y respeto recíprocos”.
Mientras que en el ejercicio de las funciones públicas “se debe garantizar el reconocimiento y la comprensión de dicha diversidad étnica y cultural”.
Otras normas aprobadas
En otras materias, se aprobó “el derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo” y las reuniones “en plazas, calles y demás lugares de uso público se regirán por lo dispuesto en esta Constitución y la ley”.
En la misma línea se respaldó “el derecho a asociarse sin permiso previo con fines religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquier otra índole”.
Agregando que “están prohibidas las asociaciones contrarias al orden público y a la seguridad del Estado”.
¿Qué es un estado social de derecho?
En el sitio web oficial del anterior proceso constitiyente chileno, se definió el término como "un sistema que pretende generar, a través de las políticas de Estado, un mayor bienestar social. Esto implica que el Estado tenga un rol activo en facilitar nuevas y mejores condiciones para el desarrollo individual y social. Así, se abandona el concepto de Estado subsidiario, implícito en la actual Constitución, que entrega principalmente a los privados el cumplimiento de los derechos sociales, desligando del Estado la responsabilidad de garantizarlos.
De esta manera, ahora se reconoce el deber del Estado de proteger el bienestar de las personas, la sociedad y la naturaleza. Además, esta norma estipula que Chile es una República democrática, solidaria y paritaria; reconoce el valor de la dignidad, la libertad, la igualdad de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza".
El abogado y Magister de Derecho administrativo Ricardo Hernández, director del programa institucional de la ONG Res Publica- una centro de estudios independiente dedicado a promover la participación civil- lo explica así:
"Se trata de un postulado político jurídico que va tomando fuerza en distintos países, sobre todo europeos, que tiene relación con los poderes públicos del Estado respecto de quién satisface el bien común, principalmente con los derechos y libertados de las personas que normalmente se consagran en las constituciones. Es importante destacar que se trata de un concepto que está en disputa, no tiene una definición [única] por parte de alguna institución internacional o gobierno. Uno ve países que acuñan el concepto completo o parte de él y se entienden distintas cosas", indica a AméricaEconomía.
El abogado destaca que localmente el concepto ha sido apoyado como un borde constitucional por distintos partidos políticos chilenos, de izquierda y derecha, lo que señala que no todos los sectores entienden o ven este concepto de la misma forma.
"Entonces, el debate constitucional está marcado por quién le da contenido a lo que significa un Estado social y democrático de derecho. Pero, en resumen, podría significar dos cosas: que el Estado tiene que tomar un rol preferente y protagónico en la provisión de derechos sociales. La otra visión es que el Estado reconoce los derechos sociales y propende a que el Estado los garantice, pero no dice que sea el protagonista o encargado de proveerlos, sino que se encarga de garantizarlos ya sea por instituciones públicas o privadas, incluso compatible con una subsidiaridad, es decir que sean aprticulares y socieda civil los rimeros llamados a satisfacer los derechos y el Estado como un garante de que se cumpla", puntualiza.
El 7 de junio próximo deberá iniciar su trabajo la nueva comisión de monstitución, esta vez con 51 miembros, que tendrá hasta noviembre de este año para redactar un segundo borrador de nueva constitución.
Luego, el 17 de diciembre, los chilenos volverán a las urnas para votar nuevamente si aceptan o no este nuevo proyecto constitucional.
No está definido qué ocurrirá si tal texto es nuevamente descartado por el electorado.
(*) Con información de Radio Biobio.