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Chile deja de aplicar íntegramente la norma IFRS
Jue, 06/11/2014 - 08:16

Luis Jara Sarrúa

Chile deja de aplicar íntegramente la norma IFRS
Luis Jara Sarrúa

Luis Jara Sarrúa, es director del Centro de Contabilidad y Transparencia Informativa de la Universidad de Chile y de Observatorio IFRS. Miembro del Comité Técnico CAPIC y Académico del Departamento de Control de Gestión y Sistemas de Información de la Facultad de Economía y Negocios de la U. de Chile.

Desde enero de 2009, las más grandes empresas chilenas comenzaron por primera vez a aplicar las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS por su sigla en inglés), principalmente, las que son fiscalizadas por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS). En el caso de las que no son fiscalizadas o comúnmente denominadas No Reguladas, la implementación comenzó cuatro años más tarde, en enero de 2013. Producto de lo anterior, los nuevos estados financieros confeccionados bajo IFRS presentaron, en su mayoría, aumentos de patrimonio.

En general, este aumento se explicó por revaluaciones realizadas en los bienes de capital (en general, terrenos y edificios), siendo estos ajustes contables el resultado de decisiones fundamentadas y consensuadas por parte de los integrantes del gobierno corporativo de cada entidad. 

Junto con la decisión de aumentar el patrimonio contable a través de estos ajustes de primera adopción de las IFRS, existe implícitamente una declaración de principio en relación a aceptar las condiciones normativas bajo las cuales se realizaron los ajustes.

Una de las reglas vigentes de aquel momento -y que rige en la actualidad para todas las entidades que utilizan IFRS- se refiere a los efectos de los cambios de tasas en el impuesto a la renta, situación que afecta significativamente las obligaciones futuras reconocidas bajo la denominación de pasivos por impuestos diferidos. 

En esa línea, y según IFRS, de existir un cambio en la tasa de impuesto, el efecto debe ser reconocido directamente en el resultado del ejercicio correspondiente al año que se aprueba legalmente dicho cambio. Para nuestro caso, el aumento de la tasa de impuesto a la renta que introduce la Reforma Tributaria, recientemente aprobada por el Congreso Nacional, afecta los estados financieros que las entidades deben proporcionar a septiembre de 2014, de acuerdo a los requerimientos que estipula la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).

Ante eso, la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) utilizó lo anterior como uno de los principales argumentos para indicar que las empresas que representa se verían afectadas de forma importante por el nuevo escenario tributario.

En concreto, el representante del empresariado, Sofofa, solicitó explícitamente a la SVS que el ajuste de cambio de tasa de impuesto a la renta no fuera reconocido en el resultado del ejercicio, sino en patrimonio. De esta manera, no se afectan los resultados financieros de las compañías ni los rendimientos exigidos por los accionistas.
Al respecto, al día siguiente de la solicitud que se realizó el día 16 de octubre (2014), la SVS -a través de un escueto oficio circular (n° 856) que consta de un párrafo de solo 6 líneas y sin fundamentos técnicos- instruyó a sus empresas fiscalizadas no aplicar el criterio dispuesto en la Norma Internacional de Contabilidad N° 12 “Impuesto a los beneficios”, dejando como criterio lo solicitado por la Sofofa, es decir, el reconocimiento del efecto en el cambio de tasa como un ajuste a patrimonio, el cual tendrá impactos solo en 2014, a menos que, a futuro, se presente un nuevo cambio en la tasa de impuesto a la renta, situación poco probable pero no imposible. 

Cabe indicar que la medida solicitada por la Sofofa beneficia exclusivamente a las empresas de capitales nacionales fiscalizadas por la Superintendencia de Valores y Seguros, debido a que las de caudales extranjeros deberán eliminar el ajuste propuesto por la SVS y reconocer, para la labor de consolidación de su matriz extranjera, el efecto de alza de tasa directamente en el resultado del ejercicio, tal como lo dispone la normativa contable internacional. 

Desde la perspectiva de las IFRS, los cambios que surgen en un país, ya sea en el ámbito económico, político y/o social, son input significativos que afectan las operaciones y los resultados de las empresas. Es por tal razón que puede deducirse que la iniciativa de la Sofofa ha tenido por objetivo blindar el resultado del ejercicio de sus representados. 

Sin duda, esta experiencia deja abierta la incertidumbre sobre posibles futuros distanciamientos con los criterios de las IFRS cada vez que el contexto económico, político y/o social cambie nuevamente en perjuicio del mundo empresarial. En ese sentido, a la fecha, el Colegio de Contadores de Chile A.G., no se ha pronunciado oficialmente sobre si seguirá o no los lineamientos de las SVS. Cabe recordar que las empresas No Reguladas deben aplicar las disposiciones que emita el Colegio de Contadores de Chile, por lo cual es importante que la entidad exprese prontamente una declaración.

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