La Superintendencia del Medio Ambiente declaró que se encuentra analizando el fallo emitido por el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago que anuló la resolución con que se multó a la faena de la Compañía Minera Nevada SPA ordenando además rehacer totalmente el dictamen sancionatorio.
Ante la decisión del Tribunal Ambiental de Chile de dejar sin efecto las multas que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) interpuso en contra del proyecto Pascua Lama, la entidad fiscalizadora reveló este lunes que está analizando posible acciones legales.
La SMA declaró que se encuentra analizando el fallo emitido por el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago que anuló la resolución con que se multó a la faena de la Compañía Minera Nevada SPA, filial de la canadiense Barrick Gold, ordenando además rehacer totalmente el dictamen sancionatorio.
"Al respecto, la SMA está analizando el fallo para determinar las acciones a seguir, según lo establecido por la ley, y evaluar posibles acciones legales, las cuales se informarán oportunamente en su momento", sostiene la declaración emitida por la Superintendencia.
El texto además puntualizó que “el fallo, si bien acoge las reclamaciones contra la Resolución Exenta N° 477 emitida por esta Superintendencia el 24 de mayo de 2013, y ordena dejar sin efecto parcialmente ésta, mantiene la vigencia de las medidas ‘urgentes’ y ‘transitorias’ decretadas en ella”.
La multa agrupaba las infracciones cometidas y reconocidas por Barrick Gold, tras acoger parcialmente un reclamo de comunidades diaguitas, ecologistas y un grupo de agricultores del valle del Huasco, en el norte del país.
En mayo de 2013 la SMA aplicó una multa de unos 8 mil millones de pesos (US$14,3 millones) a la Compañía Minera Nevada SPA y paralizó las obras del proyecto Pascua Lama, orientado a la explotación de oro y plata en la frontera entre Chile y Argentina en lo más alto de la Cordillera de Los Andes, por incumplimientos ambientales "gravísimos".
Entre los incumplimientos sancionados se cuentan el que no se hayan construido obras asociadas al sistema de manejo de aguas de contacto y no contacto, que debían estar implementadas en forma previa a las faenas de excavación.
Tampoco adoptó medidas provisionales de corrección, seguridad y control, ni con la entrega de información solicitada por la autoridad, además de una norma sobre entidades de inspección ambiental y validez de reportes.
El pasado 9 de abril, la Corte de Apelaciones de la norteña ciudad de Copiapó ordenó también la paralización de las obras, al acoger un recurso presentado por comunidades de la etnia diaguita que habitan en el valle del Huasco y que ven amenazadas sus fuentes acuícolas por el proyecto minero.
Posteriormente, la Corte Suprema revirtió esa decisión, siempre y cuando la minera cumpliera con las exigencias ambientales impuestas por la autoridad.
Las obras consideraban una inversión de US$8.500 millones para que la mina entrara en producción a fines de 2014.
Pascua Lama tiene reservas probadas de 18 millones de onzas de oro y unas 676 millones de onzas de plata.
* Con información de Nación.cl, EFE y LaTercera.com